El PP decidió este viernes no abrir expediente informativo a la exsecretaria general del PP María Dolores de Cospedal tras su imputación en el ‘caso Kitchen’, ya que no ejercía cargo público ni representativo cuando se produjeron los hechos que se investigan en esa causa.
Según informaron fuentes del PP, el Comité de Derechos y Garantías, presidido por Andrea Levy, se ha reunido esta tarde para analizar la situación de María Dolores de Cospedal.
De acuerdo con los estatutos del partido, el Comité ha acordado no abrir expediente informativo porque la presunta conducta no resulta del “ejercicio de un cargo público o representativo”.
En concreto, en el artículo 22.1 de los Estatutos, el que se refiere a supuestos especiales del régimen sancionador a afiliados, se señala: “En el caso de que un afiliado incurra en cualquier forma de corrupción en el ejercicio de un cargo público o representativo (…)”.
"Algún ilícito penal o no”
En este sentido, el Comité de Derechos y Garantías entiende que será el juzgado encargado de la instrucción el que deba dilucidar si Cospedal ha incurrido en este extremo “y en algún ilícito penal o no”.
Asimismo, el Comité de Derechos y Garantías señala que el artículo 19.2 de los Estatutos establece los plazos de prescripción de las supuestas infracciones cometidas por un afiliado desde que se pudo cometer.
Este Comité recuerda que es el órgano del partido al que corresponde tanto la interpretación de los estatutos como la aplicación del régimen disciplinario, así como velar por la ejemplaridad de los cargos públicos sin detrimento de la presunción de inocencia a la espera de las correspondientes decisiones judiciales.
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