Ningún gobierno regional del Partido Popular ha expresado objeciones al borrador del anteproyecto para modificar la ley 36/2015 de Seguridad Nacional cuando Presidencia del Gobierno envió el documento a las 17 Comunidades Autónomas para que hiciesen alegaciones, según subrayan fuentes gubernamentales a Vozpópuli.
El Gobierno de Pedro Sánchez envió el borrador hace varias semanas a las distintas CCAA y solo el País Vasco planteó objeciones, al considerar que no estaba clara la coordinación con las policías autonómicas. En Moncloa han atendido parcialmente estas alegaciones, que se incluirán en el texto que vaya al Consejo de Ministros para su aprobación. Un trámite que se espera para después del verano. Las citadas fuentes consideran que el borrador está ya cerrado "en un 98%", si bien aún falta que los ministerios opinen sobre el mismo.
En el Gobierno ha causado sorpresa la virulencia de las críticas que han llovido desde la oposición, sobre todo el PP, y que califican de "disparates monumentales". En especial, el hecho de que Pablo Casado haya adelantado que su partido recurrirá al Tribunal Constitucional esta modificación normativa cuando aún no se ha enviado a las Cortes para su tramitación parlamentaria.
En este sentido, la propia ley de Seguridad Nacional aprobada en 2015 por el Ejecutivo de Mariano Rajoy ya fue recurrida por la Generalitat catalana, que en aquel momento presidía Carles Puigdemont, y el Alto Tribunal confirmó la constitucionalidad de la misma en noviembre de 2016, por lo que una iniciativa como la que presentado Casado podría embarrancar en el TC.
El Ejecutivo ha redactado este borrador de anteproyecto por dos motivos. En primer lugar, la ley de 2015 daba un plazo de un año al Gobierno para remitir al Congreso de los Diputados "un proyecto de ley reguladora de la preparación y disposición de la contribución de recursos a la Seguridad Nacional", si bien Rajoy no lo hizo en aquel momento. El primer Gobierno de Sánchez elaboró un texto en 2018, pero quedó guardado en un cajón por la parálisis política de 2019 y la llegada de la crisis del coronavirus a comienzos de 2020.
Ahora, con la "experiencia" de la crisis sanitaria provocada por la pandemia de la covid-19 se ha puesto de manifiesto, según indica Moncloa en el segundo motivo, la necesidad de "completar el régimen jurídico" y evitar la "dispersión normativa" para conformar "un cuerpo normativo único y completo".
El Gobierno, además, considera que la reciente sentencia del Constitucional que invalidó el primer estado de alarma no tiene por qué afectar en el redactado del anteproyecto ya que no afecta a las disposiciones que se han incluido en este borrador.
Los cambios en la Seguridad Nacional
El texto de la nueva norma incluye la obligación de las administraciones públicas de indemnizar "con lo dispuesto en las leyes" ante una requisa "temporal" de todo tipo de bienes, así como en el caso de una "intervención u ocupación transitoria de los que sean necesarios" y, en su caso, de una "suspensión de actividades".
"Quienes como consecuencia de estas actuaciones sufran perjuicios en sus bienes y servicios, tendrán derecho a ser indemnizados de acuerdo con lo dispuesto en las leyes", según se indica en el nuevo artículo 28 sobre la 'Participación del sector privado en la contribución de recursos a la Seguridad Nacional' que el Ejecutivo quiere introducir en la ley.
En dicho artículo, se subraya que los ciudadanos y las personas jurídicas están sujetos "al deber de colaborar, personal o materialmente, en la situación de interés para la Seguridad Nacional", en caso de requeridos por "la autoridad competente" que designe el Consejo de Seguridad Nacional. El Gobierno se ampara en el artículo 30.4 de la Constitución que señala que los españoles tienen el derecho y el deber de defender España y que permite regular mediante una ley "los deberes de los ciudadanos en los casos de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública".
En este tipo de situaciones, cualquier persona mayor de edad estará "obligada" a la realización de las "prestaciones personales" que exijan las autoridades competentes "sin derecho a indemnización por esta causa", así como al cumplimiento de las "órdenes e instrucciones", generales o particulares, que aquellas establezcan.
Además, ante la aportación de recursos humanos y materiales, tanto públicos como privados, en una situación de interés para la Seguridad Nacional, el Ejecutivo subraya que la selección de estos recursos "se basará en los principios de contribución gradual y proporcionada a la situación que sea necesario afrontar, y de indemnidad".
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