España

Procés: el Supremo inadmite los recursos contra los indultos del Gobierno a los 'Jordis'

La Sección de lo Contencioso inadmite los recursos de Vox y Ciudadanos por falta de legitimación y allana el camino a los que quedan por resolver que afectan al indulto de Oriol Junqueras

El Tribunal Supremo ha inadmitido a trámite los recursos interpuestos contra los indultos que el Gobierno concedió a Jordi Sànchez y Jordi Cuixart. La Sala de lo Contencioso del alto tribunal desestima las peticiones formuladas por Vox y Ciudadanos porque carecen de falta de legitimación y marca el camino a la respuesta pendiente por el indulto a Oriol Junqueras.

Fuentes jurídicas confirman que en el caso de los dos recursos presentados por VOX la Sala los ha inadmitido por unanimidad, mientras que el de los exparlamentarios de Ciudadanos, se ha adoptado la decisión por mayoría. Las mismas fuentes explican que ningún magistrado de la Sección Quinta ha anunciado voto particular pero que el mismo puede formularse hasta el momento de la firma de las sentencias.

El Supremo, que dará a conocer los fallos en los próximos días, resuelve de esta manera sobre los recursos que plantearon Vox y Ciudadanos contra las medidas de gracia que concedió el Gobierno de Pedro Sánchez a nueve de los 12 condenados por la deriva secesionista en Cataluña. Se trata de Oriol Junqueras, los exconsejeros Joaquim Forn, Josep Rull, Jordi Turull, Raül Romeva, Dolors Bassa, los exlíderes de ANC y Òmnium Jordi Sànchez y Jordi Cuixart y la expresidenta del Parlament Carme Forcadell.

Rectificación del Supremo

En este caso la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso ha resuelto sobre los conocidos como 'los Jordis', a los que el tribunal les impuso una pena de nueve años por el delito de sedición. A falta de conocer el razonamiento de los magistrados, las fuentes precisan que el motivo de la desestimación ha sido que los partidos que plantearon revocar los indultos carecen de legitimidad para ello.

Cabe recordar que a comienzos de 2022 el alto tribunal desestimó estudiar los recursos alegando que los partidos políticos no tienen atribuida la representación de la sociedad ni del interés general. No obstante, en mayo de dicho año corrigieron su criterio y se plegaron a estudiar las impugnaciones de Ciudadanos, PP, VOX, diputados catalanes del PP, y el exdelegado del Gobierno en Cataluña.

La decisión de la mayoría contó entonces con el voto particular de dos magistrados (Octavio Juan Herrero Pina y Ángel Ramón Arozamena) al considerar que los actores no tenían relación directa con el asunto y que, por tanto, no estaban legitimados.

Como ya informó este medio, es muy complicado que prosperen los recursos contra las medidas de gracia que concede el Gobierno. Para que se acceda a las peticiones dirigidas a la Sala de lo Contencioso se debe motivar defectos de forma como que no se han cumplido con los trámites que marca la ley o que no se dan ninguno de los requisitos exigidos para otorgarlas (razones de justicia, equidad o utilidad pública).

Revisión de los indultos

Moncloa, tras conocerse que se recurrirían los indultos, abrió la puerta a que se llevaran ante el alto tribunal, consciente de que la ley de 1870 que los regula deja claro que la potestad compete exclusivamente al gobierno y que rara vez son revisables ante la Justicia una vez se han concedido.

Los indultos que aprobó en junio de 2012 para los nueve líderes del procés condenados por sedición apelaron a la "utilidad social" de la medida. Los informes aprobados en Consejo de Ministros defendieron la decisión llegando a decir de Oriol Junqueras que era "una persona clave para la restauración de la convivencia".

No obstante, el guiño a los socios independentistas del Gobierno contó con un férreo rechazo no solo de gran parte del arco parlamentario, sino también de la judicatura, teniendo en cuenta que se concedió con el informe contrario del tribunal de la Sala Penal del Tribunal Supremo que les juzgó. Los magistrados, en connivencia con la Fiscalía, advirtieron que habían recurrido a la vía política para anular sus condenas y que no habían mostrado "la más mínima prueba o el más débil indicio de arrepentimiento".

Fin de la vía judicial

El carpetazo del Supremo se suma al archivo acordado el pasado mes de mayo de los recursos contra los indultos concedidos a la expresidenta del Parlamento catalán Carme Forcadell y los exconsejeros Joaquim Forn y Josep Rull. El motivo reside en que, toda vez derogada la sedición por la que fueron condenados, dece el objeto del asunto.

La Sala de lo Contencioso solo tiene pendiente resolver los que afectan a Oriol Junqueras, Jordi Turull, Dolors Bassa y Raül Romeva, quienes también fueron condenados por malversación. No obstante, el criterio adoptado en los analizados hasta ahora marca la senda de cómo se pronunciarán los magistrados que han abordado el asunto, allanando el camino al archivo de las impugnaciones y, por tanto, al fin de la vía judicial.

Dichos recursos se interpusieron antes de que el Gobierno eliminara la sedición del Código Penal y rebajara la malversación. Ello requirió una nueva redacción de la condena del procés y la sustitución de la sedición por la desobediencia (o por desórdenes públicos agravados en el caso de 'los Jordis'). No obstante, el alto tribunal mantuvo las inhabilitaciones intactas ya que los indultos otorgados fueron parciales y no modificaron lo relativo a la prohibición para ejercer cargo público.

Con todo, la ley de amnistía en la que trabaja el Ejecutivo para lograr el 'sí' del partido que controla Carles Puigdemont a la investidura, podría anular también el tiempo que les falte para volver a la escena política, aunque los mejor parados serían los fugados en rebeldía ya que se esfumarían sus causas pendientes con la Justicia.

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