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PSOE y Podemos blindan 5 disposiciones de los PGE inconstitucionales para los letrados

PSOE y Podemos blindan 5 disposiciones de los PGE inconstitucionales para los letrados

Hasta cinco disposiciones finales de los Presupuestos Generales del Estado podrían incumplir la Constitución, según un informe de los letrados del Congreso redactado el pasado miércoles. A pesar de ello, PSOE y Podemos han aprovechado su mayoría en la Comisión parlamentaria para mantener inalterables esos preceptos del proyecto de ley en la votación de ayer.

En el citado documento, al que ha tenido acceso Vozpópuli, los letrados recuerdan que "la delimitación del contenido propio de la Ley de Presupuestos Generales del Estado ha sido objeto de una numerosa jurisprudencia constitucional que ha ido fijando cuál es el contenido admisible de estas Leyes".

El Tribunal Constitucional, añade, "ha establecido límites al respecto, de modo que las Leyes de Presupuestos han de circunscribirse a la aprobación de ingresos y gastos y a la regulación de materias que guarden directa relación con ambos, quedando excluidas otras materias". En caso de que no se respete ese criterio, concluyen, "se podría entender que la Ley entra en contradicción con la citada jurisprudencia y, por tanto, con la Constitución".

Cinco preceptos señalados

Los letrados alertan en el informe que "hemos examinado determinados preceptos del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 y hemos observado que algunos de los mismos podrían entrar en contradicción con la expresada doctrina constitucional por infracción ultra vires del contenido material de las Leyes de Presupuestos", a tenor de la jurisprudencia emanada del Tribunal Constitucional.

Esos preceptos de la ley presupuestaria señalados por los letrados son cinco disposiciones finales: la sexta que incluye la modificación de una ley que no guarda relación con los ingresos y gastos del Presupuesto; la decimoprimera, sobre subvenciones; la decimosexta, sobre los contratos en materia de defensa y seguridad; la vigésima, con cambios en la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; y la vigesimotercera, que modifica la Ley de Contratos del Sector Público.

Esta última disposición final, de hecho, vulnera, según los letrados, una decena de artículos de la Constitución: el 29.3 por el plazo de los contratos públicos; el 69.2 por las obligaciones de las mesas y los órganos de contratación de denunciar los indicios de colusión; el 71.1 por las causas de prohibición a contratar; el 80 por la clasificación de las empresas a efectos de acreditación de solvencia; el 88.1 y el 88.3 por la acreditación de solvencia técnica en el contrato de obras; el 150.1 por la clasificación de las obras presentadas; el 168 por los supuestos de aplicación del procedimiento negociado sin publicidad; el 229.3 y 6 por el régimen de contratación centralizada; y el 329.2 por la composición y organización del comité de cooperación en materia de contratación pública.

Los letrados advierten, además, que el Proyecto de Presupuestos no contiene una disposición final sobre su entrada en vigor. Una práctica, no obstante, que se ha repetido desde el año 2005 tanto con gobiernos del PSOE como del PP.

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