España

PSOE y Podemos plantean un nuevo tipo de malversación que reduce la pena a 4 años de cárcel

El Ejecutivo busca así que ninguna forma de malversación quede despenalizada, aunque sí se reduce la pena respecto al actual Código Penal en dos años

El Gobierno de coalición, formado por PSOE y Unidas Podemos, presentará la propuesta de crear nuevo tipo de malversación. Este se introduciría mediante una reforma del Código Penal y pretende castigar el desvío presupuestario irregular dentro de la misma administración pública con hasta 4 años de cárcel y 6 de inhabilitación.

Esto permitiría suavizar en dos años las penas respecto a la legislación actual: con esta propuesta, se rebajaría la pena máxima aplicable a esos cargos procesados respecto al vigente Código Penal, que establece hasta seis años de cárcel y diez de inhabilitación por malversación.

La noticia, avanzada por La Vanguardia y confirmada por Efe, afirma que el Gobierno pretende de esta forma que no quede un solo supuesto delito de malversación despenalizado, ni el más leve, que sería este nuevo delito incorporado. Fuentes cercanas a La Moncloa también aseguran que la propuesta no está pactada con ERC.

Desde el Ejecutivo confían en que incluso otros comportamientos que ahora no están castigados también queden incluidos. Es el caso del de enriquecimiento ilícito para aquellos cargos que obtengan un incremento patrimonial de más de 250.000 euros durante su mandato, que no puedan acreditar su origen, y que conllevaría hasta tres años de cárcel.

La intención del Gobierno es que ninguna actuación que suponga un desvío de fondos públicos, sea cual sea su destino, quede exento de castigo, aunque se distingan más supuestos y gradaciones.

El Código Penal actual es el que modificó el PP en 2015 y establece un delito de malversación independientemente de cuál sea el destino del dinero desviado cuyo castigo va de los dos a los seis años de cárcel (entre seis y 10 de inhabilitación), con un tipo agravado que puede llegar a los ocho años de prisión o incluso a los doce.

El PP eliminó cualquier distinción anterior sobre si había lucro personal o no. Se consideraba que cualquier desvío de fondos públicos era considerado malversación y se fijaba una horquilla de penas muy amplia.

Con el trasfondo de las condenas y posibles futuros procesamientos por el referendo ilegal del 1-O, ERC por su parte quiere reintroducir en el Código Penal el concepto de ánimo de lucro personal o de terceros como condición para la malversación más grave, conservando las penas que fijó el PP (de 2 a 6 años).

En sus iniciativas, ERC añade un artículo 432 bis de malversación sin ánimo de enriquecerse pero en la que el dinero se destina a fines particulares (de 6 meses a 3 años). Según ERC, sus dirigentes procesados no incurren en este supuesto porque el dinero no fue para fines particulares.

Apoya TU periodismo independiente y crítico

Ayúdanos a contribuir a la Defensa del Estado de Derecho Haz tu aportación
Salir de ver en versión AMP