La condena de inhabilitación a Quim Torra no se traduce en su salida inmediata de la presidente de la Generalitat de Cataluña. El fallo hecho público este jueves por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña no es firme, dado que cabe recurso ante el Tribunal Supremo, por lo que el president podrá permanecer en el cargo hasta que se resuelva el debate en última instancia.
Los abogados defensores de Torra disponen de un plazo para presentar su escrito ante el Alto Tribunal, que podrá o no confirmar el fallo dictado este jueves en Cataluña en el que se inhabilita al líder independentista para ejercer cargo público municipal, autonómico, nacional y europeo durante 18 meses.
La Sala Civil y Penal ha condenado a Torra por su "recalcitrante y reiterada actitud desobediente" al no acatar las resoluciones de la Junta Electoral Central (JEC). En la sentencia, recogida por Vozpópuli, los magistrados han considerado que la actitud del president es muestra de una "voluntad consciente y una disposición anímica inequívoca" de contravenir los mandatos de la autoridad electoral, de lo que líder catalán además hizo "alarde público".
"Sí, desobedecí"
La decisión del tribunal catalán tiene lugar después de que Quim Torra fuera juzgado el 18 de noviembre por un delito de desobediencia a la orden de la JEC, que dictó que debía retirar los símbolos en periodo electoral para mantener la neutralidad.
Durante aquella vista oral, el presidente de la Generalitat reconoció haber desobedecido y alegó que era "imposible cumplir una orden ilegal". “Llegué a esa conclusión porque la JEC no es un órgano jerárquico superior al presidente de la Generalitat, en absoluto. Y segundo porque [yo] no tenía ninguna competencia en ese caso. Recordar que eran unas elecciones a las Cortes españolas y la Generalitat no tenía ninguna participación en ese proceso electoral”, dijo el líder catalán.
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