España

La rebelión que ahora descarta el Supremo forzó suspensión de los diputados

Fue el juez del Supremo Pablo Llarena quien en julio de 2018 suspendió a los seis diputados, en base a un artículo de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

El delito de rebelión que el Tribunal Supremo descarta ahora en la sentencia del "caso procés" acarreó la suspensión como diputados del expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont y de los cinco exconsejeros en prisión y provocó que el independentismo perdiera su mayoría en el Parlament durante meses.

Fue el juez del Supremo Pablo Llarena, instructor del "caso procés", quien en julio de 2018 suspendió a los seis diputados, en base a un artículo de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que obliga a apartar a los cargos públicos que tengan un auto de procesamiento firme por delitos relacionados "con bandas armadas o individuos terroristas o rebeldes", mientras estén en prisión.

La suspensión prevista en ese artículo -el 384 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal- no incluye el delito de sedición por el que el Tribunal Supremo, de acuerdo con el criterio de la Abogacía del Estado, tiene previsto condenar a los líderes del "procés", en una sentencia que probablemente se hará pública el próximo lunes.

Llarena comunicó en junio de 2018 al Parlament la suspensión de cargo público de los seis diputados, aunque abrió la puerta a que la cámara permitiera a los procesados ser sustituidos temporalmente por otros integrantes de sus candidaturas.

Líderes suspendidos

El procesamiento por rebelión de los líderes del "procés" encarcelados o huidos abrió una brecha entre JxCat y sus socios de ERC, por la negativa de los primeros a acatar la suspensión de sus diputados Carles Puigdemont, Jordi Sànchez, Jordi Turull y Josep Rull, mientras los republicanos Oriol Junqueras y Raül Romeva aceptaban designar a un sustituto para las votaciones.

Tampoco podía emitir su voto el diputado de ERC Toni Comín -al que Puigdemont fichó después como número dos en su candidatura a las elecciones europeas del 26M-, puesto que, aunque no fue suspendido junto al resto de exconsejero porque su procesamiento no era todavía firme, su ausencia no está justificada de acuerdo con el reglamento del Parlament.

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