España

Reducen la pena de cárcel al librero que mató a un ladrón

El TS de Justicia de C-LM reduce la condena inicial de 8 años a menos de un año, argumentando una legítima defensa desproporcionada y otros factores atenuantes

  • Pepe Lomas, librero de Ciudad Real, en los Juzgados -

Pepe Lomas, el librero de 82 años que disparó y mató a un ladrón que entró en su propiedad, ha visto reducida su pena a nueve meses y cuatro días de prisión. Esta decisión fue tomada por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM) tras revisar la sentencia original, que lo condenaba a ocho años y tres meses de cárcel. La rebaja de la condena llega acompañada de una reducción en las indemnizaciones que Lomas deberá pagar a los familiares de la víctima.

El caso se remonta a la madrugada del 1 de agosto de 2021, cuando un hombre con antecedentes penales por robo irrumpió en una finca propiedad de Lomas, ubicada en la provincia de Ciudad Real. En un momento de tensión, Lomas disparó dos veces con una escopeta de caza, causando la muerte del intruso. La Audiencia Provincial de Ciudad Real lo condenó en primera instancia por homicidio, imponiéndole también una serie de indemnizaciones a la familia del fallecido: 48.000 euros para cada uno de los padres y 19.000 euros para cada uno de los hermanos. Sin embargo, el TSJCM ha reducido estas cantidades, fijando el pago en 20.000 euros a los padres y 5.000 euros a los hermanos.

La sentencia del tribunal superior no solo reduce las penas, sino que también modifica el enfoque sobre la responsabilidad civil de Lomas. La Sala de lo Civil y Penal del TSJCM justificó la reducción de las indemnizaciones en base a "la falta de vinculación con la víctima" por parte de los familiares y la "conducta culpable" del fallecido, que entró de manera ilegítima y delictiva en la finca. Además, el tribunal ha absuelto a la aseguradora Mapfre España, que en su momento cubría el arma de caza utilizada, de cualquier responsabilidad civil. El fallo sostiene que la póliza del arma solo cubría su uso para actividades cinegéticas, y no para actos de defensa personal.

Uno de los puntos clave en la resolución es la estimación parcial de la legítima defensa por error vencible. Esto significa que, aunque el tribunal reconoce que Lomas actuó en defensa propia al enfrentarse a un intruso en su propiedad, considera que su respuesta fue desproporcionada, dado que disparó dos veces contra el ladrón. Según la Sala, aunque había una razón legítima para la defensa, el uso de la escopeta superó lo que se considera una reacción proporcional ante la amenaza. 

En paralelo, la sentencia confirma otros factores atenuantes que ya habían sido reconocidos en la primera instancia, como el trastorno mental incompleto y la confesión voluntaria de Lomas tras los hechos. Estos elementos, junto con la legítima defensa, fueron determinantes para la significativa reducción de la condena. 

A pesar de esta rebaja, la sentencia no es definitiva, ya que las partes tienen la posibilidad de recurrir ante el Tribunal Supremo. Este último recurso abriría una nueva etapa en el proceso judicial, que ha suscitado un debate sobre los límites de la legítima defensa y las implicaciones de las acciones que se toman bajo presión en situaciones de emergencia.

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