La investigación patrimonial al exvicepresidente del Gobierno, Rodrigo Rato, podría acabar en la Sala Segunda del Tribunal Supremo. El juez Fernando Andreu rechazó este viernes que dicha causa deba ser instruida en la Audiencia Nacional atendiendo al artículo 65 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) que fija los criterios de competencia de este tribunal.
Andreu, en contra del criterio de la Fiscalía Anticorrupción, entiende que el delito de blanqueo de capitales que arrastraría la investigación del caso Rato a la Audiencia es competencia del Juzgado de Instrucción Número 31 de Madrid, atendiendo a la jurisprudencia del Tribunal Supremo -al llamado "principio de la ubicuidad- que establece que "el juez que primero haya iniciado las actuaciones procesales será en principio competente para la instrucción de la causa".
El juez de Madrid se ha inhibido en dos ocasiones a favor de la Audiencia lo que hace probable que ahora plantee una cuestión de competencia
Sin embargo, el titular del Juzgado Número 31 de Madrid, el juez Antonio Serrano-Arnal, ya se ha inhibido en dos ocasiones a favor de que sea la Audiencia Nacional la que dirija esta investigación. La primera vez el pasado mes de abril –decisión que revocó la Audiencia Provincial de Madrid- y, la segunda vez, el pasado mes de julio a instancias de la Fiscalía Anticorrupción.
Por esta razón, no es descabellado pensar que Serrano-Arnal plantee ahora una cuestión de competencia negativa ante el Tribunal Supremo. En ese caso, será la Sala de lo Penal del Alto Tribunal quien tenga la última palabra sobre qué juzgado debe asumir esta instrucción.
La Sala II del Supremo tendrá la última palabra
Según fuentes jurídicas consultadas, una vez que el instructor de Plaza de Castilla plantee la cuestión de competencia un tribunal de tres magistrados –presidido por el presidente de la Sala Segunda Manuel Marchena- dictara una providencia donde dará traslado a la Fiscalía del Tribunal Supremo para que emita su dictamen sobre qué juez debe asumir el caso Rato.
Una vez que el fiscal informe sobre la competencia, la Sala señalará fecha para deliberación y decidirá si esta causa de corrupción debe ser investigada por el juez Andreu o por el magistrado Serrano-Arnal. Fuentes de la Sala de lo Penal, consultadas por Vozpópuli, sostienen que las cuestiones de competencias suelen ser resueltas en un plazo de tres meses aproximadamente. Las mismas fuentes añaden que es muy habitual que el Supremo tenga que resolver este tipo de cuestiones competenciales entre tribunales, de ahí que no sea inmediata la resolución de las mismas.
De esta forma, si el juez Serrano- Arnal plantea dicha cuestión ante la más instancia jurisdiccional es muy probable que la instrucción del caso Rato siga paralizada hasta después de las elecciones generales de diciembre.
No obstante, hasta que se resolviese el conflicto sería el Juzgado de Instrucción Número 31 de Madrid el que tendría que practicar las diligencias que fueran urgentes para investigación como, por ejemplo, ocurrió el pasado 20 de agosto cuando Serrano-Arnal -que ya se había inhibido en favor de la Audiencia- envió a prisión al presunto testaferro de Rato, Alberto Portuondo Coll, ante su inminente marcha a México.
Apoya TU periodismo independiente y crítico
Ayúdanos a contribuir a la Defensa del Estado de Derecho Haz tu aportación