La querella de Pedro Sánchez contra el juez Juan Carlos Peinado por presunta prevaricación imprime el enésimo giro al 'caso Begoña Gómez' pero no logra, al menos por el momento, paralizar su continuidad. Al contrario, la causa ya pone el foco en la declaración de Carlos Barrabés, que está citado de nuevo para este jueves.
La querella de la Abogacía General del Estado sostiene que el juez que investiga a Begoña Gómez por dos delitos prevaricó al impedirle declarar por escrito. El documento, que ya se ha presentado ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, expone que la declaración se produjo en calidad de presidente del Gobierno y no de esposo y, por eso tendría que haber podido declarar por escrito.
Se trata de un texto que, según fuentes jurídicas consultadas por Vozpópuli, tiene muy poco recorrido. Dichas voces consideran que, aún suponiendo que el juez Juan Carlos Peinado pudo haberse equivocado en cuanto al formato de la declaración, bajo ningún concepto se desprende que prevaricó con su actuación.
Querella con pocos visos de prosperar
El juez que investiga a Begoña Gómez alegó en su providencia de citación y en su respuesta de la pasada semana que la Ley de Enjuiciamiento Criminal, en concreto el artículo 142.3, le permite tomar declaración en el despacho o el domicilio del testigo si se le llama a declarar por hechos de los que no ha tenido conocimiento en el ejercicio de su cargo.
Así pues se abre ahora un periodo en el que la causa contra Begoña Gómez quedará pendiente de lo que resuelva el TSJ de Madrid, aunque no se espera ningún pronunciamiento hasta, al menos, septiembre, toda vez que agosto es un mes inhábil. Las fuentes consultadas prevén que la querella se inadmitirá y que no puede hablarse de prevaricación por escindir su condición de presidente del Gobierno de esposo de Begoña Gómez.
De hecho, para que se diera este tipo penal tendría que constatarse que Peinado dictó una resolución injusta a sabiendas de ello. Un escenario que no se contempla con la citación de Pedro Sánchez, a quien el juez tenía previsto preguntarle por su papel en los negocios de Begoña Gómez.
Lo que sí dificulta la querella es un hipotético envío de la causa al Tribunal Supremo. Al margen de que no hay indicios que apunten, por el momento, a Pedro Sánchez, parecería evidente que una exposición razonada al Supremo para que le investigue podría restar apariencia de imparcialidad a al juez que acaba de ser querellado.
La causa sigue adelante
Pese a la expectación mediática y el revuelo de la citación -que se celebró en Moncloa- Sánchez cumplió con las expectativas y guardó silencio. El líder del PSOE se acogió a la dispensa que le otorga el artículo 416 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal según la cual puede guardar silencio pese a ser citado como testigo cuando se le pregunte por asuntos relacionados con familiares o cónyuges, como es el caso.
Así pues, todo apunta que la causa que se abrió a mediados de abril en el Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid seguirá su curso sin visos además de que Peinado se aparte de la misma. En ese sentido, podría darse el escenario de que Begoña Gómez (o las otras dos personas investigadas) pidiera al juez que se apartara al menos hasta que se resolviera lo relativo a la querella, aunque el juez no está obligado a hacerlo.
El artículo 219 de la Ley Orgánica del Poder Judicial recoge, entre las causas de abstención del juez instructor, el "haber sido denunciado o acusado por alguna de las partes como responsable de algún delito o falta, siempre que la denuncia o acusación hubieran dado lugar a la incoación de procedimiento penal".
Se trata de un escenario que no se contempla en este caso ya que la persona que se ha querellado contra él es un testigo; figura que no integra formalmente el grueso del procedimiento. Así pues, algunas de las voces consultadas por este medio consideran que la actuación de la Abogacía General del Estado puede entenderse más como un aviso a navegantes, en un momento en que otro juzgado de Badajoz investiga a su hermano, David Sánchez, por presuntos delitos contra la Hacienda Pública y enriquecimiento ilícito.
Las acusaciones piden la nulidad de su testifical
Por su parte, las acusaciones que litigan en la causa pidieron al juez horas antes de tomarle declaración a Sánchez que anulara la providencia por la que citó a Pedro Sánchez al considerar que su imposibilidad de presenciar la declaración les provocaba indefensión.
El juez decidió que en la comparecencia de Sánchez estaría presente la comitiva judicial, los abogados de las tres personas imputadas (Begoña Gómez, el rector de la Universidad Complutense de Madrid, Joaquín Goyache y Carlos Barrabés), además de la letrada de Vox. Peinado permitió la presencia de Marta Castro como única representante de las acusaciones por ostentar el partido la dirección letrada de las mismas.
Ello provocó que Hazte Oír, Iustitia Europa, Manos Limpias y Movimiento por la Regeneración Política de España avisaran de que su imposibilidad de intervenir en la declaración provocaba la nulidad de la misma, puesto que se estaba vulnerando su derecho a la tutela judicial efectiva.
"Al negarse la presencia de las cuatro acusaciones populares, se limita la posibilidad de intervención en la diligencia de investigación de testifical del Sr. Sánchez y en consecuencia se produce una nulidad, ya que no se ha podido intervenir en todas las diligencias del procedimiento", reza el escrito al que ha tenido acceso Vozpópuli.
El recurso se mantiene a la espera de respuesta ya que se presentó apenas horas antes de que Sánchez acudiera a Moncloa a interrogar a Sánchez. Se trató de una diligencia especialmente corta, de apenas unos minutos, en el marco de la cual Peinado preguntó al presidente del Gobierno si tenía relación con algunos de los investigados.
Éste respondió que Begoña Gómez era su cónyuge y que se acogía a la dispensa de no declarar. Tras ello se dio la diligencia por terminada, se firmó el acta y se abandonó la sala habilitada para ello. Este medio ha podido saber que los allí presentes firmaron un documento de confidencialidad para proteger el secreto que impera en este tipo de diligencias.
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