España

El Ayuntamiento de Madrid sancionará con 15 euros por no llevar la etiqueta de la DGT

Además, circular por el termino municipal madrileño constituirá una infracción leve

La sanción a los vehículos que circulen por el término municipal de Madrid sin la etiqueta de la Dirección General de Tráfico (DGT) será de 15 euros y constituirá una infraccción leve, según han señalado a Europa Press fuentes municipales.

Este miércoles entra en vigor la obligatoriedad de los distintivos ambientales, cuya finalidad tiene "un carácter de sensibilización y de control manual de las medidas de lucha contra la contaminación". El Ayuntamiento de Madrid no tiene previsto campañas específicas de control de esta obligación, según han indicado las mismas fuentes.

Durante la mañana de este martes, la delegada de Medio Ambiente y Movilidad del Ayuntamiento de Madrid, Inés Sabanés, ha recalcado que los distintivos ambientales de los automóviles procede de una regulación estatal aprobada en la anterior legislatura y que su obligatoriedad, que deviene de la ordenanza de Movilidad, fue "avisada" con "muchísimo tiempo de antelación".

Sabanés ha remarcado que estos distintivos los impulsó la DGT y que el trámite para informarse y obtenerlos es sencillo. La delegada ha recalcado que este sistema se estableció por el anterior gobierno central y que hay un "mandato de renovación de flotas" por condicionantes ambientales.

También ha destacado que la obligatoriedad de estos distintivos parte de la ordenanza de movilidad de Madrid que fue "avisada" con "muchísimo tiempo" mediante un periodo de información previa, de participación y de presentación de enmiendas antes de su aprobación en el Pleno municipal.

Diferentes distintivos ambientales

Los distintivos ambientales en vehículos es una medida que deviene de la normativa estatal (Plan Nacional de Calidad del Aire y Protección de la Atmósfera 2013-2016) y son cuatro, según su impacto ambiental:

  • '0 Emisiones',
  • 'ECO'
  • 'C'
  • 'B'

En consecuencia, los propietarios deberán solicitar el distintivo y colocarlo en un lugar visible del parabrisas en todos aquellos vehículos a motor (incluidas motocicletas) salvo los catalogados como vehículos A (con carácter general de gasolina matriculados antes del año 2000 y los diésel anteriores a 2006).

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