España

Inquietud policial ante el protocolo de detención del TC que pone en riesgo sus investigaciones

Los sindicatos policiales temen que la sentencia ralentice su labor en operativos importantes. La abogacía defiende que supone un logro para los derechos de los detenidos

La sentencia del Tribunal Constitucional en la que ampara a un detenido por considerar que la Policía no le informó de forma suficiente de las razones de su arresto ha disparado las dudas entre los colectivos policiales, que piden una articulación urgente de sus actuaciones ante el riesgo de que se entorpezca su labor en actuaciones futuras.

La Sala Primera del TC considera que se ha vulnerado el derecho fundamental del recurrente a la libertad y la seguridad personal que la Constitución garantiza en su artículos 17.1 y 3, por no haber sido informado “de modo suficiente sobre las razones de su detención gubernativa de naturaleza penal ni habérsele permitido el acceso a los elementos de las actuaciones que eran esenciales para impugnar su legalidad”.

En la práctica, y aquí arranca la polémica, de la sentencia (acorde a incorporación a la Ley de Enjuiciamiento Criminal de las Directivas Europeas sobre detenidos) se desprende que a los agentes responsables de la custodia del arrestado les corresponde informarle por escrito “de forma inmediata y comprensible, no solo de los derechos que durante tal condición le corresponden, sino también de los hechos que se le atribuyen y de las razones objetivas sobre las que se apoya su privación de libertad”. Y es en este punto donde los colectivos policiales ven peligrar el futuro de sus actuaciones. 

Hasta ahora, cuando un presunto delincuente era detenido, se le informaba de sus derechos y, de forma más somera, de qué se le acusaba. Por lo general declara sin saber qué y cuánta información tienen contra él, pero la interpretación del TC obliga a una información mucho más exhaustiva. Según la sentencia, cuando el detenido así lo solicite, "deben también proporcionarle acceso a aquellos documentos o elementos de las actuaciones en los que se apoye materialmente" la privación cautelar de libertad. Un aspecto que puede entorpecer las investigaciones.

Riesgo para las investigaciones policiales

Desde la Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC) consideran que la sentencia del Constitucional no tiene en cuenta el trabajo de campo de los agentes. Su secretario de asuntos jurídicos, Eugenio Nemiña, explica a Vozpópuli que, con esta sentencia, se obliga a los agentes a elaborar unos documentos "que en ocasiones no tenemos tiempo a realizar".

Pone el ejemplo de una operación abierta, en la que que existe riesgo de fuga o de destrucción de pruebas. "En esos casos tenemos que actuar con extrema rapidez, y retrasar la detención para elaborar esos informes puede poner en riesgo las investigaciones". Todo sumado a que, si el presunto delincuente tiene acceso a todos los cargos que hay contra él, "puede cerrarse en banda y no colaborar con la investigación", explican desde el sindicato.

Por eso piden que se clarifiquen cuanto antes los procedimientos a seguir para que las actuaciones policiales no pierdan eficacia sin chocar con la postura del Tribunal. Ramón Cossío, portavoz del Sindicato Unificado de Policía (SUP), explica a este medio los problemas operativos que puede suponer la aplicación de este protocolo.

"La sentencia se refiere a un caso concreto pero aplicarla a otras situaciones, como narcotráfico o delincuencia organizada, es más complicado". Cossío lo explica de forma gráfica: "Si tenemos un solo calabozo con 7 u 8 detenidos, no podemos informar por escrito y con todo detalle a uno de ellos antes de interrogarlo. Los demás tendrían acceso a esa misma información".

Los sindicatos policiales explican que acatan la sentencia y que la cumplirán, pero piden que se articule de la forma adecuada para que no interfiera en las investigaciones y se garanticen de manera efectiva los derechos de los detenidos.

Satisfacción en la abogacía

Desde ahora todos los abogados, ya sean contratados por el detenido o asignados por el turno de oficio, pueden apelar a esta sentencia para recibir por escrito, tanto ellos como sus clientes, toda la información suficiente sobre los elementos probatorios que les vinculan a los hechos. De lo contrario, siguiendo la doctrina, denegar a un detenido información sobre las causas de su arresto puede vulnerar el derecho fundamental a la libertad.

El Colegio de Abogados de Madrid hace una valoración "muy positiva" de esta sentencia porque "confirma una posición que hemos mantenido desde hace mucho tiempo, desde el turno de oficio, en materia del acceso al atestado policial", asegura en conversación con Vozpópuli el letrado Fernando Bejerano, director del Observatorio de la Justicia del Colegio. Insiste en que esta sentencia "permite a los letrados realizar una asistencia en comisaría mucho más efectiva".

A juicio de la abogacía, por fin queda determinado cómo tienen que ser lo supuestos de detención y cuándo la información es suficiente. Insisten en que el acceso a todos los elementos en comisaria mejora las condiciones de defensa y en su caso, el no cumplir con ellas puede "ir contra los derechos constitucionales”, destacan los letrados.

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