El Tribunal Supremo ha admitido a trámite la demanda contra el nombramiento de Magdalena Valerio -ex ministra de Trabajo del PSOE- como presidenta del Consejo de Estado al considerar que no cumplía uno de los principales requisitos para el puesto: ser jurista de reconocido prestigio. Es una demanda que interpuso la fundación Hay Derecho, y recoge su "profunda preocupación por el impacto que puede tener tanto en el buen funcionamiento como en la reputación del máximo órgano consultivo del Gobierno de España".
La presidenta de la fundación, Elisa de Nuez, ha asegurado en un comunicado recogido por Europa Press que "la formalización rápida de la demanda puede reflejar el interés del Tribunal Supremo por un asunto de gran trascendencia institucional". La demanda de la fundación se muestra escéptica con el nombramiento de una presidenta que no cumple con uno de los requisitos, además del precedente que puede sentar para otros supuestos donde también se precise ser jurista de reconocido prestigio.
"De la experiencia acreditada a través de la web del Consejo de Estado se desprende que se trata de una funcionaria perteneciente a un Cuerpo de gestión con categoría A2, con una trayectoria política muy relevante, así como con amplia experiencia en asuntos de Estado, pero que difícilmente puede considerarse como jurista de reconocido prestigio por mucha amplitud que se le quiera dar al concepto jurídico indeterminado", ha apuntado De la Nuez.
Asimismo, la fundación encuentra "manifiestamente preocupante" que en la propia comparecencia ante la Comisión del Congreso de los Diputados que avaló el nombramiento, la candidata señalara que nunca se puso la toga como abogada, o que sus tareas en un despacho de abogados consistían en hacer reseñas de sentencias.
Sobre los juristas de reconocido prestigio
La fundación también ha criticado que Valerio empleara el tiempo de la comparecencia en hablar de su carrera política o incluso de cuestiones personales sin relevancia para la idoneidad que se debía valorar: ocupar el puesto de presidenta del Consejo de Estado. En la demanda, Hay Derecho invoca a la jurisprudencia sentada por el propio Tribunal Supremo "de la que se deduce que los juristas de reconocido prestigio son perfectamente reconocibles por su amplia trayectoria profesional ligada al Derecho".
"Además, entiende que debe manifestarse de forma pública y externa a través de tareas como la emisión de sentencias, dictámenes, actividad en el foro, conferencias, docencia, publicaciones, pertenencia a consejos de redacción o editoriales de revistas o blogs especializados, la Real Academia de jurisprudencia y legislación, Comisión General de Codificación u otros organismos jurídicos especializados", añade la fundación.
Por último, Hay Derecho esgrime que, según la jurisprudencia, tampoco se puede computar los cargos políticos que se hayan desempeñado, dado que para su desempeño, lógicamente, no es necesario ni ser licenciado en Derecho ni tener acreditada ninguna experiencia jurídica profesional previa.
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