La Sala Tercera del Tribunal Supremo ha ratificado la Orden de la Consejería de Sanidad del Gobierno de Aragón, del pasado 23 de julio, por la que --por un periodo de 15 días-- se adoptan medidas de limitación de la movilidad en horario nocturno entre la 1 y las 6 de la mañana en los municipios de Huesca, Jaca, Monzón y Barbastro, por razones de salud pública para la contención del rebrote de coronavirus.
En una sentencia de 19 folios, los magistrados han estimado el recurso presentado por el Gobierno de Aragón contra el auto del Tribunal Superior de Justicia de la comunidad del pasado 26 de julio por el que se denegaban las medidas solicitadas.
El Supremo ha considerado que las medidas "se hallan justificadas por razones de salud pública y ante la necesidad de evitar la propagación de la pandemia existente".
Los magistrados, además, han añadido que la Ley de Salud Pública de Aragón "permite la aplicación de medidas restrictivas de derechos fundamentales" con el objetivo de "contener el riesgo y proteger la salud pública".
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