El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso presentado por el ex socio de Iñaki Urdangarin Diego Torres, condenado por el caso Nóos, contra la decisión de la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca de mantenerle en segundo grado penitenciario, lo que impide que pueda hacer salidas de la cárcel para trabajar o hacer voluntariado.
La Sala considera que no existe contradicción entre la decisión del tribunal de Palma y decisiones judiciales adoptadas en relación con otros presos diferentes, tal y como sostenía Torres en su recurso ante el alto tribunal.
El Supremo confirma en un auto dado a conocer este jueves que tampoco procede la aplicación a Torres del régimen mixto -previsto en el artículo 100.2 del régimen penitenciario- dada la inexistencia de un periodo de observación que haya aportado datos bastantes y la inexistencia de una propuesta del Equipo Técnico en los términos previstos por la ley.
Torres está cumpliendo el primer cuarto de su pena de cinco años y ocho meses y solicitó que se le aplicara el 100.2, que permite combinar aspectos del régimen de vida del segundo y el tercer grado, como poder salir a trabajar.
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