España

El Supremo concluye que Junqueras no tiene inmunidad parlamentaria

Los jueces han considerado que la decisión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea estimaba la condición del líder de ERC cuando se encontraba en prisión provisional y han recordado que ahora hay una sentencia firme

El Tribunal Supremo ha asegurado que Oriol Junqueras no tiene inmunidad como eurodiputado. La Sala de lo Penal se ha reunido este jueves para discutir cómo se aplicará la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en la que se reconoce la inmunidad desde el pasado 13 de junio, cuando fue proclamado como electo. Finalmente, ha estimado que prima la sentencia firme que pesa sobre el líder de ERC.

Para resolver esta cuestión, el presidente de la Sala -Manuel Marchena- pidió a las partes que presentaran sus conclusiones. La Fiscalía aseguró en su escrito que ya no cabe aplicar la inmunidad en el caso de Junqueras porque no se trata de una prisión provisional, sino de una condena firme. En este sentido, el ministerio público sostiene que el exvicepresidente catalán debe ser inhabilitado para ejercer en la Eurocámara.

La Abogacía del Estado, sin embargo, se mostró a favor de que pueda acudir a obtener su acta de eurodiputado mientras se presenta el suplicatorio al Parlamento Europeo para que suspenda la inmunidad del líder de ERC.

Medida cautelarísima

Este mismo jueves, los jueces de la Sala de lo Contencioso-Administrativo han acordado este jueves mantener la resolución de la Junta Electoral Central que impide al líder de ERC ejercer sus funciones como miembro de la Eurocámara. La decisión desestima el recurso presentado por la defensa del exvicepresidente de Cataluña tras ser reconocido por Bruselas como eurodiputado.

En el auto, recogido por Vozpópuli, los magistrados han concluido por unanimidad que "la prevalencia obligada a la jurisdicción del orden penal impiden a esta Sala adoptar decisiones que pudieran interferir en la ejecución de una sentencia penal firme o entorpecer la eficacia de sus pronunciamientos".

En el marco de la resolución, los magistrados han subrayado que el rechazo a la medida cautelarísima de suspensión no vulnera los derechos fundamentales invocados por Junqueras ni el derecho de la Unión Europea a la luz de la propia sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Junqueras solicitó a los magistrados que le permitieran asistir a la Parlemento Europeo al pleno del próximo 13 de enero a tomar posesión del cargo. La Junta Electoral Central declaró el pasado 3 de enero que Junqueras había perdido la condición de diputado del Parlamento Europeo. Se basó en el artículo 6.2 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General, que establece su inegibilidad como consecuencia de su condena a 13 años de prisión por un delito de sedición en concurso con malversación. 

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