España

El Supremo avala que la Junta Electoral dejara vacante el escaño de Puigdemont en Europa

Todas las partes solicitaron que se planteara una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, pero el Supremo lo ve improcedente

El Tribunal Supremo ha avalado el acuerdo de la Junta Electoral Central (JEC) que dejó vacantes los escaños de Carles Puigdemont y Antoni Comín en el Parlamento Europeo (PE) por no acatar la Constitución y ha rechazado preguntar a la justicia europea si ese requisito es compatible con el derecho de la Unión Europea.

Todas las partes -el expresident de la Generalitat, el exconseller, la Fiscalía, los letrados de las Cortes y los de la JEC- solicitaron que se planteara una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), pero el Supremo lo ve improcedente porque Puigdemont y Comín ya han sido reconocidos como eurodiputados por el PE y la respuesta de Estrasburgo no les afectaría.

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En dos sentencias, la Sala de lo Contencioso-Administrativo desestima así los recursos de Puigdemont y Comín contra tres acuerdos de la Junta Electoral Central del 13 y 20 de junio de 2019, en los que se comunicó a la Eurocámara que se dejaban vacantes sus escaños hasta que no prestasen acatamiento a la Constitución española, y se denegó su inclusión en la lista de electos remitida al PE.

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