España

El Supremo admite el recurso del coronel Pérez de los Cobos para fijar cómo debe motivarse un cese como el suyo

El tribunal fijará cuál es la "motivación exigible para el cese de puestos de libre designación"

El Tribunal Supremo ha explicado que admite a trámite el recurso del coronel Diego Pérez de los Cobos --contra la sentencia que avaló su salida de la jefatura de la Comandancia de la Guardia Civil de Madrid-- para determinar cómo debe motivarse un cese como el suyo y fijar cuál es la "motivación exigible" en estos casos de puestos de libre designación.

Los magistrados han respondido así al escrito que presentó Pérez de los Cobos contra la resolución de la Audiencia Nacional que declaró conforme a derecho su cese cuando subordinados suyos investigaban --bajo la dirección de una juez-- la posible relación de la manifestación del 8M de 2020 con el inicio de contagios de coronavirus.

En un auto, cuyo fallo ya fue adelantado el pasado 27 de abril, la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha precisado que el recurso cumple con los requerimientos formales para su admisión y que el coronel ha explicado "de forma suficiente" la concurrencia de los supuestos escenarios de interés casacional.

En 13 folios, los magistrados han admitido que el escrito de Pérez de los Cobos goza de tal interés y que puede servir para formar jurisprudencia en este tipo de casos. En este sentido, han asegurado que analizarán la cuestión para "determinar cuál es el contenido del deber de motivación exigible en las resoluciones administrativas que acuerdan el cese de funcionarios públicos en puestos de libre designación".

Además, fijarán si, a tal efecto, resulta extensible la doctrina jurisprudencial establecida en cuanto respecta al deber de motivación de los acuerdos de cese en puestos de libre designación, también aplicable en el ámbito de la Guardia Civil.

El caso de Pérez de los Cobos

La Sala ha indicado que "el problema del cese en puestos de trabajo adjudicados por el sistema de libre designación" ha sido abordado por la jurisprudencia desde la perspectiva del deber de motivación. Ha puntualizado, sin embargo, que "sólo se ha referido a los estándares de motivación exigibles en la provisión de tales puestos".

Por ello, ha considerado necesario "confirmar, aclarar o precisar la doctrina existente" sobre la problemática del cese y precisar si se debe "extender o proyectar" dicha doctrina a nombramientos como el de Jefe de la Comandancia de la Guardia Civil de Madrid.

La sentencia impugnada, a cargo de la Audiencia Nacional, vio justificado el argumento esgrimido por el ministro de Interior, Fernando Grande-Marlaska, que aludió a la pérdida de confianza para acometer la salida del coronel. En esta línea, la resolución señalaba que "habiendo quebrado la confianza, no tiene sentido la declaración de reincorporación al destino".

Así, los magistrados no vieron lógico mantener Pérez de los Cobos en el mismo puesto "imponiendo una relación profesional sustentada, además de en motivos reglados (idoneidad), también, en esa circunstancia subjetiva". "Es decir, por la pérdida de la confianza, cualidad que acompaña y mediatiza el nombramiento para dicho cargo y destino", añadieron.

Según recordó la Audiencia Nacional, esa pérdida de confianza llegó por la "no información" del "desarrollo" --y no del contenido-- de "investigaciones y actuaciones" llevadas a cabo por la Guardia Civil. Todo ello en el amplio y, a veces, confuso "marco operativo y de Policía Judicial".

"En el presente caso no se discute la idoneidad del cesado, es decir, su capacidad profesional para ostentar dicho cargo, sino la pérdida de confianza, en la que las razones subjetivas de la autoridad que lo designó están amparadas por la decisión libre de cesarle", señaló la sentencia que ahora revisará el Supremo.

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