España

Nuevo varapalo del Supremo al Gobierno: anula el traspaso de las competencia de tráfico de la Guardia Civil a Navarra

La Sala de lo Contencioso estima el recurso de Jucil y anula el traspaso de funciones al considerar que no se puede emplear un Real Decreto para atribuir una competencia que no viene reconocida a Navarra en la Lorafna

El Tribunal Supremo ha anulado el Real Decreto 252/2023 sobre el traspaso de competencias a la Comunidad Foral de Navarra en materia de Tráfico de la Guardia Civil. De esta forma, la Sala de lo Contencioso-Administrativo estima el recurso de la asociación Justicia Guardia Civil (JUCIL) y concluye que no se puede emplear un Real Decreto de traspaso para atribuir una competencia que no está reconocida en la ley más importante de Navarra (Lorafna).

Esta asociación de la Guardia Civil recurrió el Real Decreto de traspaso de funciones y también el acuerdo complementario del 22 de marzo del año pasado referido al plazo máximo de cuatro años para el despliegue progresivo de los agentes de la Policía Foral navarra para el control del tráfico. Al respecto apelaron a la insuficiencia de rango del Real Decreto 252/2023 para que Navarra asumiera las competencias incluidas en el acuerdo a finales de 2022 con EH Bildu.

Pese a las alegaciones de la Abogacía General del Estado y también de Navarra, la Sala III del alto tribunal estima el recurso de Jucil y entiende que no se puede emplear la norma del Real Decreto para atribuir una competencia que no está reconocida en la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra (Lorafna) ni tampoco amparada en su derecho histórico.

Competencias de Tráfico de la Guardia Civil

El Supremo no discute que la Comunidad Foral asuma las competencias pactadas, pero establece que solo lo puede hacer reformando dicha ley o bien mediante ley orgánica (artículo 150.2 de la Constitución). Al hilo determina que los reales decretos de traspaso no son de naturaleza reglamentaria por lo que estima la demanda de Judicial y deja sin efecto el Real Decreto que contempló el acuerdo de traspaso de las competencias de la Guardia Civil en materia de Tráfico.

Para determinar si esta actuación está amparada en su derecho histórico, el Supremo alude a la Ley 47/1959 por la que se cree la Agrupación Especial de Tráfico de la Guardia Civil. Aunque se le atribuyen las funciones de vigilancia, en su disposición final primera se preserva las "actuales y respectivas facultades" de Álava y Navarra de cara a futuras disposiciones complementarias.

La competencia (de Tráfico) ha sido siempre de la Guardia Civil, ejerciendo la Policía Foral una función auxiliar y colaborativa

El Supremo explica que tal regulación permitiría asumir la tesis de la Abogacía del Estado y también de Navarra, pero la misma no puede prosperar porque la realidad posterior es que la competencia en esta materia ha sido siempre de la Guardia Civil, ejerciendo la Policía Foral una función "auxiliar y de cooperación". "Navarra ejerce una competencia concretada en funciones de colaboración con la Guardia Civil y son las que ésta ejerce las que pretenden traspasarse sin ostentar Navarra un título competencia, ni con la Lorafna, ni antes de promulgarse", reza la sentencia.

Del mismo modo avala la legitimidad de Jucil para impugnar el Real Decreto hasta el punto de concluir que "paradójicamente" la mejor defensa de su actuación la ejerce el Gobierno navarro. Para negarle su legitimidad, esta parte sostiene que el traspaso no afecta a la Guardia Civil, y acto seguido alega que los intereses profesionales y personales de los agentes afectados por el traspaso están satisfechos.

Respaldo a Jucil

Para ello determinan que podrán cambiar de funciones dentro del Instituto Armado o bien mantenerlas pero "en otros destinos geográficos", esto es, yéndose de Navarra. También ofrecen la posibilidad de que se integren en la Policía Foral de Navarra, como así lo establece la Ley Foral 35/2022.

"Es obvio que cualquiera de esas alternativas incide, al menos, en los intereses profesionales de los guardias civiles y lo hace hasta el punto de prever su integración en otro cuerpo policial", determina la sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado José Luis Requero.

El 1 de julio de 2023 se hizo efectivo el traspaso de competencias en materia de Tráfico y se acordó que el traslado se fuera haciendo de manera progresiva por un plazo de 4 años. El coste estimado por el Gobierno de Navarra para asumir este traslado es de 15 millones de euros, según informó la agencia EFE. En lo relativo a la recaudación de las sanciones se estableció que correspondería al Estado hasta el 31 de diciembre de 2024, con independencia de que formulara la denuncia la Policía Foral o la Guardia Civil.

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