España

El TAD perdonó una inhabilitación de dos meses al sustituto provisional de Rubiales en la Federación

El Tribunal Administrativo del Deporte libró a Pedro Rocha, presidente interino de la RFEF en sustitución de Rubiales, porque fue incapaz de notificarle la apertura del expediente sancionador

El Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) perdonó una inhabilitación de dos meses al sustituto provisional de Luis Rubiales en la Federación Española de Fútbol porque fue incapaz de localizarle. Así consta en varios documentos a los que ha tenido acceso Vozpópuli, en los que el TAD admite que no pudo notificar a Pedro Rocha la apertura de un expediente sancionador similar al que el Tribunal debe abrir contra Rubiales en las próximas horas.

El ministro de Cultura y Deporte, Miquel Iceta, se ha mostrado convencido este martes de que el TAD admitirá la denuncia cursada por el Consejo Superior de Deportes (CSD) contra el ex presidente de la Federación por el episodio con la jugadora Jennifer Hermoso. Sin embargo, el Tribunal se está tomando su tiempo para resolver sobre la apertura del expediente sancionador que podría implicar una suspensión cautelar de Rubiales -apartado de momento por la FIFA- y, en caso de condena, un largo periodo de inhabilitación.

"Estamos haciendo las cosas siguiendo con extremo rigor en el procedimiento, porque cualquier decisión se puede recurrir, y no queremos que haya ningún defecto de forma que eventualmente pueda servir para anular el procedimiento y las sanciones", ha dicho Iceta, en un discurso más prudente que el del CSD la semana pasada.

Rubiales conoce el TAD

El TAD son aguas movedizas en las que la gente de confianza de Rubiales se mueve como pez en el agua, según explican fuentes próximas al CSD consultadas por este diario. Andreu Camps, mano derecha de Rubiales, y su asesor jurídico Tomás González Cueto, dicen, conocen perfectamente las debilidades de este tribunal. De hecho, ambos fueron miembros del TAD. El Gobierno no quiere fallar y por eso se anda con pies de plomo.

Los precedentes no son precisamente halagüeños. El Tribunal sufrió bastante en un proceso de inhabilitación -nada que ver con el terremoto del caso Rubiales-Hermoso- contra una veintena de presidentes de federaciones autonómicas. Uno de los protagonistas de la denuncia fue Pedro Rocha, responsable de la federación extremeña y presidente interino de la RFEF tras la sanción de la FIFA a Rubiales.

El CSD tramitó ante el TAD una denuncia contra Rocha y otros 15 presidentes de federaciones autonómicas por firmar una carta de apoyo a Ángel María Villar en el proceso electoral que ganó Rubiales en 2017. La denuncia fue cursada por Miguel Galán –presidente de la Escuela Nacional de Entrenadores-. Galán es afín al presidente de LaLiga, Javier Tebas, y fue el primero en interponer una denuncia contra Rubiales por el beso del ex presidente de la RFEF Hermoso durante la celebración del título mundial de la selección femenina.

El proceso contra las territoriales por la carta a favor Villar comenzó en 2018 y finalizó en 2021 en el Tribunal Constitucional, que ratificó la inhabilitación de dos meses a los presidentes de estas federaciones por intervenir de forma indebida en el proceso electoral de la RFEF. Los presidentes condenados argumentaron en su defensa ante el TC que les asistía su derecho a la libertad de expresión.

Rocha no estaba en casa

Rocha, sin embargo, se libró de la sanción y del proceso de la manera más sencilla posible. El propio TAD reconoció que fue incapaz de notificarle la incoación del expediente sancionador. El Tribunal recogió esta situación de la siguiente manera:

"El Acuerdo de incoación del procedimiento administrativo sancionador de 31 de enero de 2020 se intenta notificar en la dirección …, número 8, 1ºC con fecha de 6 de febrero de 2020, figurando como desconocido. No siendo posible su entrega, se produce un segundo intento de notificación en el domicilio calle … 1, en el que figura ‘ausente reparto’ en fecha de 20 de febrero de 2020 y ‘no retirado’ el 21 de febrero de 2020".

El TAD refleja que igual suerte corrieron las demás notificaciones que intentaron a lo largo de la instrucción. La ley prevé que "cualquier persona mayor de catorce años que se encuentre en el domicilio y haga constar su identidad" puede hacerse cargo de la notificación. Tampoco hubo suerte. También se puede incluso publicar en el Boletín Oficial del Estado (BOE). No se hizo en el caso de Rocha.

Ante esta circunstancia, el TAD declaró "prescrita la infracción exclusivamente para el referido interesado" por "no haber tenido conocimiento formal del inicio del procedimiento administrativo sancionador dentro del plazo de prescripción".

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