El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ya ha confirmado que los dirigentes encarcelados por el procés serán trasladados a Cataluña cuando finalice la instrucción del juez del Tribunal Supremo, Pablo Llarena. Esta decisión, confirmada este mismo martes también por el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, alberga como debate de fondo que la Generalitat tiene transferidas desde hace años las competencias penitenciarias. Eso quiere decir que, una vez en cárceles de esa comunidad, el Gobierno catalán tendrá la potestad para concederles el tercer grado penitenciario.
Hay tres formas de estar en prisión: en primer grado o aislamiento, reservado a los presos más peligrosos o conflictivos; en segundo grado, en el que se encuentra la inmensa mayoría de internos, o el tercer grado, conocido en el argot penitenciario como el ‘régimen cenicienta’ ya que, generalmente, permite salir todos los días de la cárcel y volver sólo a dormir, excepto los fines de semana. También contempla en algunos casos incluso seguir cumpliendo la condena en tercer grado con pulsera telemática sin necesidad de pasar por prisión.
El organismo que decide en qué grado se clasifica a un preso son las juntas de tratamiento de las prisiones, un estamento clave en todo lo que afecta a la situación de los reclusos. Se trata de órganos compuestos por varias personas en función de la magnitud del centro penitenciario. Lo normal es que lo integre el director de la prisión, un subdirector de tratamiento, un responsable del equipo sanitario, un educador (suele ser un psicólogo o un trabajador social), un jurista y un jefe de servicio (responsable de los vigilantes). Son las personas que tienen contacto diario con el interno.
En manos de Ester Capella
Para clasificar a alguien es necesario que esté condenado en firme, es decir, en el caso de Junqueras y el resto de políticos presos, tendrían que haber sido ya sentenciados por el Tribunal Supremo. A diferencia del resto de España, en Cataluña las cárceles no dependen de Interior, sino de la Consellería de Justicia que dirige Ester Capella, nombrada por el actual presidente, Joaquim Torra. Es así en la mayoría de países del entorno, pero en España dependen de Interior, una herencia de la lucha antiterrorista frente ETA.
En este momento, los líderes independentistas catalanes se encuentran tan sólo en prisión preventiva, procesados y a la espera de juicio. En la misma situación se encuentra el exjefe de los Mossos d’Esquadra, Josep Lluis Trapero y los responsables de la policía catalana, que serán juzgados en la Audiencia Nacional con posibilidad de recurrir ante el Supremo en caso de ser condenados.
Según fuentes penitenciarias, la junta de tratamiento tiene un plazo máximo de dos meses para decidir en qué grado penitenciario cumple condena un preso desde que se emite la sentencia firme. Se entiende que es un tiempo suficiente para evaluar las características del preso y el tipo de pena impuesta. La Junta propone el grado que considera oportuno a su instancia superior. En el conjunto del Estado se hace ante la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, en Madrid. Pero en Cataluña se remite directamente a la Dirección General de Servicios Penitenciarios, concretamente al Servicio de Clasificación.
Las progresiones de grado, por tanto, siguen un recorrido distinto al de los permisos penitenciarios de salida, por ejemplo, que las Juntas de Tratamiento los proponen ante el juez de vigilancia. En este caso, decide la administración. Si el Servicio de Clasificación, dependiente del Gobierno de la Generalitat, considera que el preso debe cumplir en tercer grado, su decisión es ejecutiva y ha de cumplirse. Solo si el preso no esté de acuerdo (algo poco habitual si se trata de una mejora en sus situación) puede recurrir la decisión ante el juez de Vigilancia Penitenciaria, según explican a Vozpópuli fuentes de la Consejería de Cataluña.
Se revisa cada seis meses
La situación de un preso respecto a su grado penitenciarios se evalúa cada seis meses por parte de la Junta de Tratamiento. En caso de ser condenados por delitos de rebelión, la pena podría ser muy larga, pero eso no influye a la hora de conceder un tercer grado, según las mismas fuentes. Se atiende a criterios como el tipo de delito (que no sea contra las personas), el arraigo familiar, el riesgo de reincidencia, si ha pagado la responsabilidad civil...
Estas mismas fuentes recuerdan que el tribunal sentenciador tiene la posibilidad de tratar de aplazar en el tiempo esta concesión del tercer grado si en su fallo incluye una alusión específica, un periodo de seguridad. Viene contemplado en el articulo 36 del Código Penal y dice que "cuando la duración de la pena de prisión impuesta sea superior a cinco años, el juez o tribunal podrá ordenar que la clasificación del condenado en el tercer grado de tratamiento penitenciario no se efectúe hasta el cumplimiento de la mitad de la pena impuesta".
En el régimen penitenciario de Cataluña también existen los llamados permisos gubernativos, que son ejecutivos, duran 24 horas y que también otorga la Administración en los primeros días de internamiento. El siguiente paso ya son los permisos ordinarios de salida a los que tienen derecho los presos clasificados en segundo grado siempre que cumplan una serie de requisitos. Pueden disfrutar de hasta 36 días de salida del centro penitenciario en tramo no superiores a siete días seguidos.
En Cataluña hay actualmente un total de nueve cárceles, una es de mujeres, en Barcelona, y otra para jóvenes de entre 18 y 24 años, en el municipio barcelonés de La Roca del Vallès. Las siete restantes están ubicadas en Tarragona, Lleida, otra en la Roca del Vallès, dos en Martorell y otra en Manresa.
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