El Pleno del Tribunal Constitucional tiene previsto deliberar, y fallar, esta semana sobre el recurso que en julio de 2023 interpuso la Junta de Andalucía -el Gobierno de Juan Manuel Moreno, del PP- contra dieciséis artículos y varias disposiciones de la Ley de Vivienda aprobada por el Ejecutivo de Pedro Sánchez en mayo de ese mismo año. La ponencia, que corresponde a la vicepresidenta del Constitucional, la magistrada de la mayoría avalada por el PSOE Inmaculada Montalbán, rechazará en su mayoría los planteamientos de la Junta de Andalucía y avalará, casi 45 años después de vigencia del Estado de las autonomías, que el Estado pueda asumir competencias en materia de vivienda que hasta ahora venían ejerciendo en exclusiva las comunidades, sin intromisión del Gobierno central.
No obstante, fuentes del Tribunal sostienen que, parcial y previsiblemente, serán avalados algunos planteamientos jurídicos del Ejecutivo andaluz, lo que supondrá un 'tirón de orejas' al Gobierno socialista por el procedimiento empleado por el Estado para ejercer sus competencias conforme a la nueva ley, lo que de facto supone una apropiación de competencias autonómicas. Lo novedoso es que durante 45 años el Estado no ha ejercido competencias en materia de vivienda y sólo ahora, con el Gobierno de coalición entre Sánchez y Sumar (antes con Podemos), ha decidido hacerlo.
No son solo diversas autonomías del PP las que plantearon un recurso de inconstitucionalidad contra la Ley de Vivienda. Lo hicieron Andalucía -es el primer recurso que se dirime en el TC-, Baleares, Madrid y Galicia. Pero también lo hicieron el Gobierno vasco y la Generalitat de Cataluña, cuyos partidos (PNV y ERC) apoyaron en el Congreso esa ley. Las mismas fuentes del TC se han mostrado sorprendidos de que ambos Gobiernos nacionalistas hayan impugnado una ley que ellos mismos avalaron con el PSOE.
Recurso de la Junta de Andalucía contra la Ley de Vivienda
El recurso de la Junta se dirige contra dieciséis artículos -o bien contra todo el contenido, o bien contra algunos apartados, de los artículos 3, 8, 9, 11, 15, 16, 18, 19, 27, 28, 29, 32, 33, 34, 35 y 36, así como contra la disposición adicional tercera, la disposición transitoria primera, tres apartados de la disposición final primera, y la disposición final cuarta. El Gobierno de Moreno argumentaba que la nueva Ley de Vivienda "invade competencias en materia de vivienda exclusivas recogidas en el Estatuto de Autonomía de Andalucía".
"El Estado -sostenía textualmente el recurso andaluz- no puede legislar, ni siquiera de forma supletoria, en materia de vivienda", y ponía en cuestión la nueva regulación por la que el Gobierno central asume todo tipo de decisiones alusivas al concepto de vivienda protegida, de vivienda asequible incentivada, del concepto de 'grandes tenedores' de vivienda y de parque público inmobiliario. "La regulación de la Ley estatal de Vivienda en estos artículos es tan completa y acabada que no deja resquicio alguno para la regulación al legislador autonómico", sostenía.
La sentencia que emita el TC fijará una nueva doctrina asimismo no sólo sobre el mercado de la vivienda, sino también en materia de ordenación del territorio y del urbanismo.
También la afectación de lo que se denominan 'zonas tensionadas' para el acceso al mercado de vivienda fue objeto de la impugnación de la Junta andaluza, aunque en este punto, en la definición de esas 'zonas' y en la aplicación de criterios técnicos para condicionar su aplicación para los promotores, constructores, compradores y vendedores, el TC avalará ampliamente la tesis del Gobierno de Sánchez, con la doctrina de que no afecta de modo esencial al derecho de propiedad, que era uno de los argumentos expuestos por Andalucía, con el aval de su Consejo Consultivo.
La sentencia que emita el TC fijará una nueva doctrina asimismo no sólo sobre el mercado de la vivienda, sino también en materia de ordenación del territorio y del urbanismo, según fuentes del TC. Aunque el Pleno del Tribunal asuma parcialmente algunos de los planteamientos de la Junta andaluza, el grueso del fallo será un aval a la ley que vendrá a prejuzgar lo que ocurra en los recursos pendientes del resto de autonomías, y que en general argumentaban exactamente lo mismo que Andalucía: una invasión competencial masiva de atribuciones propias de las autonomías que el Estado nunca antes en democracia había ejercido.
Apoya TU periodismo independiente y crítico
Ayúdanos a contribuir a la Defensa del Estado de Derecho Haz tu aportación