La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha desestimado la medida cautelar que pedía el presidente de la Generalitat de Cataluña, según adelanta El Confidencial. Quim Torra había solicitado a los jueces que suspendieran el acuerdo de la Junta Electoral Central en el que se le retiró la credencial de diputado tras la condena de inhabilitación dictada en diciembre por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.
Hace 13 días los mismos jueces de lo Contencioso plasmaron en un auto que no habían apreciado las "razones de especial urgencia" que se requería para suspender el acuerdo de la Junta Electoral Central que le inhabilitaba sin escuchar al Ministerio Fiscal y a la propia Junta. Ahora, tras analizar las conclusiones de ambas partes -y de Torra- los cinco magistrados han firmado un nuevo auto en el que mantienen su postura y rechazan la petición del president.
La decisión del Alto Tribunal tiene lugar después de que la Fiscalía del Supremo avisara de que no se oponía a que Torra siguiera como diputado y mantuviera su cargo en el Govern hasta concluido el debate. El fiscal Pedro Crespo aseguró en su escrito que la Ley Electoral no atribuía facultades a la Junta Electoral Central para "anular las credenciales" de un diputado ni para declarar "vacante" su escaño. Según explicó, la competencia para retirar el acta al presidente de la Generalitat de Cataluña la tiene el Paralament.
Una petición "asumible"
En un escrito de 21 paginas, recogido por Vozpópuli, el ministerio público explicó que "en orden a la prudente y equilibrada preservación" de los intereses en conflicto es "asumible" la petición de Torra hasta que los jueces resuelvan si la decisión de la Junta Electoral Central es conforme a derecho.
La Fiscalía y la Junta tenían hasta este martes para presentar sus escritos. La defensa del president alegó en su recurso que era necesario suspender la decisión de la Junta Electoral Central hasta que los propios jueces resolvieran sobre el fondo del asunto porque la ejecución del acuerdo podía, a su juicio, ocasionarle "perjuicios de imposible reparación, incluida la vulneración de derechos fundamentales". Los cinco magistrados que integran la Sala se han reunido este miércoles y jueves para analizar todos los argumentos.
Los letrados del Parlament ya estimaron el pasado 14 de enero que la Junta Electoral Central no tenía competencias ni para retirar el acta de diputados ni para cesar a un president de la Generalitat. Bajo este criterio, los servicios jurídicos de la Cámara catalana redactaron el informe en el que avalaron la continuidad de Torra como diputado y president.
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