España

El Tribunal Supremo tumba la semilibertad que la Generalitat otorgó a Carme Forcadell

El Alto Tribunal asegura que, en el caso de la expresidenta de la Cámara catalana no se justifica ese régimen de semilibertad "de facto"

El Tribunal Supremo ha revocado el tercer grado penitenciario o semilibertad a la expresidenta del Parlament, Carme Forcadell, por "falta de justificación y desconexión con la reinserción".

La Sala Segunda deniega en un auto la aplicación a Forcadell de dicho régimen flexible, propuesto en febrero por la Junta de Tratamiento de la prisión de Mas d'Enric (Tarragona), porque, según establece el Alto Tribunal, no existe ninguna conexión entre el programa aprobado para conceder esta semilibertad, que consiste en la realización de actividades de voluntariado o el cuidado a familiares y el proceso de reinserción de Forcadell con el delito cometido. 

De esta manera, el Supremo asegura que, en el caso de la expresidenta de la Cámara catalana no se justifica ese régimen de semilibertad "de facto", ya que sus labores no tienen nada que ver con la reinserción, del que disfrutaría antes de haber cumplido una cuarta parte de la condena (once años y medio de cárcel).

Esta decisión del Alto Tribunal, por tanto, revoca la decisión de la Generalitat de conceder el tercer grado a los líderes independentistas del 'procés'.

Por tanto, la sala II del Tribunal Supremo, que juzgó la causa del 'procés', ha estimado el recurso de la Fiscalía y ha revocado el auto por el que el pasado 28 de abril el Juzgado de Vigilancia Penitenciario número 3 de Lérida aprobó la aplicación del reglamento penitenciario.

Artículo 100.2

El auto de la Sala concluye así la controversia sobre del órgano competente para conocer de los recursos de apelación contra las decisiones de la administración penitenciaria que impliquen la aplicación del régimen previsto en el artículo 100.2 del Régimen Penitenciario.

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