España

El Constitucional suspende cautelarmente un artículo de la Ley de Hacienda catalana que afecta a funcionarios

El precepto, suspendido de forma cautelar, fue recurrido por el Gobierno al entender que vulnera el derecho que los ciudadanos de toda España tienen a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, primando a los destinados en Cataluña. 

  • El presidente catalán, Artur Mas, en una imagen de la campaña electoral catalana

El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite, y por lo tanto ha dejado en suspenso de forma cautelar, el artículo 4 de la Ley 9/2015, de 12 de junio, por el que se crea la Agencia Tributaria de Cataluña, según recoge Europa Press. 

El precepto fue recurrido por el Gobierno al entender que vulnera el derecho que los ciudadanos de toda España tienen a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, primando a los que ya cuentan con destino en Cataluña.

El tribunal ha dictado una providencia este lunes en la que acuerda dar traslado del recurso al Congreso de los Diputados y al Senado, así como al Gobierno y al Parlamento de Cataluña, que dispondrán de 15 días para personarse en el proceso y formular las alegaciones que consideren convenientes. Esta decisión no prejuzga el fondo del asunto.

El Gobierno recurrió por creer que vulneraba el derecho a acceder en condiciones de igualdad a funciones y cargos públicos

El citado artículo añadía a la Ley dos disposiciones adicionales relativas a la integración voluntaria (reconocimiento del derecho) de funcionarios en los Cuerpos Superior de Inspectores Tributarios y de Técnicos de Gestión Tributaria, ambos de la Generalidad de Cataluña.

Dos tipos de funcionarios

Este derecho se pretende aplicar por Cataluña a dos tipos de funcionarios: los que presten servicios en otras Administraciones Públicas, que tienen asignadas funciones sustancialmente coincidentes con las propias del Cuerpo y que tengan destino definitivo en el ámbito territorial de Cataluña; y a los que tengan asignadas funciones sustancialmente coincidentes, que en el momento de la convocatoria presten servicios en la Administración de la Generalidad o en los entes del sector público que de ella dependen. 

El problema, según el Gobierno, radica en el primer grupo y, concretamente, en el hecho de "requerir el destino definitivo en el ámbito territorial de Cataluña", pues de esta forma "se excluye el derecho de acceder en condiciones de igualdad al resto de interesados del resto de España", permitiendo a funcionarios que no prestan servicios en la Administración autonómica "acceder por integración a la función pública de ésta, lo que por otra parte constituye una manera de acceder ex novo a la función pública". 

Vulneración de derechos

Las razones esgrimidas por el Gobierno para impugnar este artículo son que vulnera el derecho fundamental del artículo 23, "por el que los ciudadanos de toda la nación tienen derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, con los requisitos que señalen las leyes".

Añade que se vulnera el artículo 103.3 de la Constitución que establece el acceso a la función pública de acuerdo con los principios de mérito y capacidad. Asimismo, apunta que afecta a los artículos 55 y siguientes del Estatuto Básico del Empleado Público, relativos al acceso al empleo público y la adquisición de la relación de servicio. "Este Estatuto señala que los sistemas de selección de funcionarios de carrera serán, con carácter general, los de oposición y concurso-oposición y sólo en virtud de ley, y con carácter excepcional, el sistema de concurso", argumenta. 

"Una prueba más de asfixia"

La vicepresidenta y portavoz del Govern, Neus Munté, ha denunciado que la decisión del Tribunal Constitucional (TC) es una prueba más de la "asfixia" y la "recentralización" que aplica el Estado.

Munté ha convocado a los medios tras la decisión del TC de suspender cautelarmente la Ley de la Agencia Tributaria de Cataluña al haber admitido a trámite el recurso que presentó contra ella el Gobierno central por prever que funcionarios estatales puedan integrarse en cuerpos tributarios de la Generalitat.

La decisión del alto tribunal no prejuzga su dictamen, sino que suspende durante cinco meses la norma impugnada, en tanto resuelve sobre el fondo del asunto.

Además, el TC ha admitido a trámite el recurso del Gobierno contra la ley catalana que impone un impuesto a las comunicaciones electrónicas, que también ha quedado suspendida temporalmente.

"Es muy lamentable que cada vez que el Govern toma una decisión para dar respuesta a una determinada problemática social o conseguir más recursos para destinarlos a políticas sociales responden siempre con suspensiones, negativas e impedimentos", ha denunciado Munté.

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