Habrá elecciones en Madrid, o al menos es lo que por el momento ha decidido la Justicia. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha desestimado el recurso contra el decreto con el que la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, disolvió la Asamblea de Madrid y convocó elecciones autonómicas el próximo 4 de mayo, y da por tanto luz verde a la celebración de los comicios.
Los jueces del TSJM responden así a la petición de medidas cautelarísimas, sin entrar al fondo de la cuestión, si bien su argumentación permite vaticinar cuál será la decisión firme al fijar en la firma del decreto -y no en su publicación en el boletín oficial, un día después- la validez de la convocatoria electoral. Un razonamiento que contrasta con el mantenido tanto por la Mesa de la Asamblea -controlada por Ciudadanos- y la oposición, que defendían que el decreto habría entrado en vigor tras la presentación de las mociones de censura.
El TSJM considera que la decisión de la presidenta “queda válidamente ejercitada desde el momento en que firma el Decreto de Disolución y convocatoria de elecciones sin perjuicio de que la eficacia de esta convocatoria electoral se despliegue una vez publicado el repetido Decreto en el Boletín Oficial”. Por ello, entiende que la convocatoria de elecciones y la disolución de la Asamblea “no pueden verse comprometidas por la presentación ulterior de una o varias mociones de censura”.
“Sostener lo contrario dejaría, eventualmente, a la mera voluntad del número de diputados que ostentaran la representación exigida para presentar una moción de censura -15 por 100- el eficaz ejercicio de aquella potestad, bastando con presentarla con posterioridad a la adopción del acuerdo de disolución para privarle de virtualidad alguna”, concluyen los magistrados.
El TSJM entiende que prima la voluntad de la presidenta Ayuso de disolver la Asamblea de Madrid desde el momento de la firma del decreto
“Repárese en que el Decreto en que se acordó la disolución anticipada de la Asamblea y la convocatoria electoral debía publicarse al día siguiente de su expedición, según dispone el artículo 42.1 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, por lo que es natural que entre aquél y su publicación transcurra tiempo suficiente para posibilitar la presentación de una o varias mociones de censura”, recalca el TSJM en su resolución, consultada por Vozpópuli.
Los concluyen que "con carácter provisional y sin prejuzgar el fondo del asunto objeto de enjuiciamiento en la sentencia definitiva, cabe afirmar que la parte recurrente sustenta su pretensión en una interpretación de la normativa expuesta que supone, de facto, vaciar de contenido la facultad de disolución anticipada de la Asamblea conferida por el Estatuto de Autonomía a la Presidencia de la Comunidad de Madrid”.
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid recuerda que su decisión no es firme y, por tanto, es susceptible de ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo, un paso que dependerá de la Asamblea de Madrid, que emprendió este procedimiento contra el decreto de la presidenta Isabel Díaz Ayuso.
Recurso de la Asamblea de Madrid
La Sección Octava de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJM habilitó con carácter de urgencia el fin de semana para tramitar y resolver el recurso presentado por la Mesa de la Asamblea de Madrid contra la disolución de la Cámara y la convocatoria de elecciones. En el texto, alegaba que la legislación no permite la fijar una fecha para los comicios mientras se esté tramitando una moción de censura.
El embrollo jurídico surgió después de que el pasado miércoles Ayuso rompiese con su socio de Gobierno, Ciudadanos, y acordase la disolución de la Asamblea de Madrid y la convocatoria de elecciones anticipadas.
Minutos después de que Ayuso anunciara la disolución de la Asamblea y la convocatoria de elecciones, Más Madrid y el PSOE registraron sendas mociones de censura
Minutos después del anuncio de Ayuso, el PSOE y Más Madrid registraron sendas mociones de censura contra la presidenta, que fueron admitidas por la Mesa de la Asamblea -controlada por la formación naranja- al considerar la mayoría de los miembros de este órgano que el decreto no estaba en vigor porque no había sido publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
En su recurso la Mesa pedía la suspensión cautelar y cautelarísimas contra la disolución de la Asamblea y la convocatoria electoral al existir peligro de que no tenga efecto cuando se resuelva, y "por la concurrencia de circunstancias de especial urgencia en el caso", al impedir que continúe la tramitación de las dos mociones de censura.
Ayuso: "Madrid va a elecciones porque está en su derecho"
La presidenta madrileña Isabel Díaz Ayuso ha reaccionado para celebrar la decisión del TSJM. "El 4 de mayo Madrid va a elecciones porque está en su derecho", ha aseverado Ayuso en Twitter.
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