España

Varapalo para la Sanidad: condenan al servicio gallego por dejar inutilizada la mano de una paciente

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia considera constatado el daño desproporcionado ocasionado por una cirugía plástica del Complexo Hospitalario Universitario de Coruña y condena al Sergas a indemnizar con 90.000 a la paciente

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha condenado al Sergas, el servicio de sanidad gallego, a indemnizar con 90.000 euros a una paciente al que le quedó la mano inutilizada tras una cirugía plástica en el Complexo Hospitalario Universitario de Coruña

La mano derecha, según constata la sentencia, le quedó en garra, inutilizada e irreversible, después de someterse a una "cirugía de destechamiento del túnel carpiano" y a "nueve intervenciones quirúrgicas posteriores". 

Tras ellas, se ha producido un resultado "anormal o inusualmente grave en relación con los riesgos que comporta la intervención", en palabras del Tribunal, que ha desestimado el recurso previamente interpuesto por la Xunta de Galicia. 

Conducta negligente

"No puede calificarse sino de resultado inusualmente grave y desproporcionado el producido tras la intervención, en cuyo supuesto la jurisprudencia hace responder a la Administración porque se trata de un efecto dañoso que normalmente no se produce más que cuando media una conducta negligente, salvo que se acredite que la causa ha estado fuera de la esfera de actuación de los servicios sanitarios o se debe a una causa de fuerza mayor, lo cual no han logrado las demandadas”, indican los magistrados en la sentencia.

"En el caso presente resulta incuestionable que se ha producido un resultado desproporcionado en el tratamiento de una cirugía tan simple --en palabras del cirujano plástico--, pues ha quedado inutilizada la mano derecha de la paciente para cualquier tipo de actividad, aparte del perjuicio estético, moral, laboral, familiar y de ocio que le ocasiona, además de una patología psiquiátrica asociada", subraya el tribunal.

En la misma línea, el Tribunal esgrime que el hecho de que la Administración "no ha sido capaz de ofrecer una explicación científica razonable" sobre las causas no obsta para recibir una sanción por el daño "desproporcionado", a la vez que estima que "la (causa) más probable" fue una infección de la herida.

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