España

Villarejo recurre la sentencia que le condena a 19 años de cárcel insistiendo en la nulidad de la investigación

El comisario presenta más de una decena de alegaciones e insiste que se ha vulnerado su derecho a un proceso justo y equitativo en igualdad de armas y con todas las garantías señalando que la investigación tuvo un carácter "general y prospectivo"

El comisario jubilado José Manuel Villarejo ha recurrido la sentencia de la Audiencia Nacional que le condena a 19 años de cárcel por hasta tres trabajos privados que realizó a través de su grupo empresarial CENYT insistiendo en la nulidad de la investigación. Alega que la querella inicial fue "preordenada" por la Fiscalía y preparada "por medios espurios inadmisibles en un Estado de Derecho", según un escrito al que ha tenido acceso Vozpópuli.

El comisario presenta más de una decena de alegaciones a lo largo de 250 páginas en las que insiste en que se ha vulnerado su derecho a un proceso justo y equitativo en igualdad de armas y con todas las garantías señalando que la investigación abierta contra su persona y que conllevó su detención en 2017 tuvo un carácter "general y prospectivo".

Al hilo, explica que el auto por el que se permitían las entradas y registros acordados en noviembre de 2017 no habilitaba para que se indagase posteriormente sobre hallazgos de otros posibles hechos delictivos constitutivos del delito de descubrimiento y revelación de secretos.

Además, incide en que el registro de la calle Clavel de Boadilla del Monte debe declararse nulo "por falta de las debidas garantías en su práctica" porque, asegura, se accedió a su inmueble sin la presencia de los investigados y utilizando una llave que se encontró en uno de los vehículos registrados o en todo caso con una llave que solo tenía los investigadores porque el comisario ya estaba en prisión y su cónyuge, Gemma Alcalá, llegó después de iniciado el registro.

También alega el comisario que no se ha seguido la debida cadena de custodia del material intervenido en esos registros porque no fueron depositados en sede judicial, quedando bajo el exclusivo control de los agentes policiales encargados de la investigación.

Y señala que las posteriores escuchas realizadas por la Policía del material requisado vulnera los derechos fundamentales de protección de datos porque tuvieron un carácter prospectivo y porque fueron utilizados como medio de prueba sin consentimiento ni autorización judicial.

Apoya TU periodismo independiente y crítico

Ayúdanos a contribuir a la Defensa del Estado de Derecho Haz tu aportación
Salir de ver en versión AMP