España

El Ayuntamiento de Madrid le dice a su Empresa de la Vivienda que no cumple la Ley

Un informe de la Intervención destapa numerosas irregularidades como dar la subvención antes de que se publicara la convocatoria o tardar tres años en notificar que ha sido concedida.

El Ayuntamiento de Madrid, en concreto la Intervención Delegada en Urbanismo y Vivienda, ha descubierto irregularidades en la concesión de ayudas a la rehabilitación de edificios en un convenio que tenía firmado con la Empresa Municipal ded la Vivienda y el Suelo (EMVS) y no duda en afirmar que la EMVS "no se ajusta a los términos de la Ley 38/2003 General de Subvecniones".

La Intervención ha redactado un informe de diez folios sobre el convenio de colaboración entre el Áreas de Urbanismo y la Empresa Municipal de la Vivienda para la gestión de ayudas de rehabilitación dentro de las Áreas de Rehabilitación Preferente y las realizadas en edificios derivadas de las ITE. La EMV actuó en calidad de entidad colaboradora con el Ayuntamiento desde el año 2006 al 2012 y cita como una de las irregularidades que han sido tramitadas y concedidas subvenciones que fueron solicitadas en fecha anterior a la vigencias de la convocatoria. Un total de 393 ayudas se vieron en esta situación.

La tramitación de las subvenciones se ha efectuado con notable demora respecto a la fecha de solicitud. Pone como ejemplo que en el ejercicio de 2007, y siguientes, se han tramitado solicitudes de subvención correspondientes a los ejercicios de 2004, 2005, y 2006. Esta circunstancia ha llevado a conceder subvenciones por importe superior al dotado y no dispuesto en el ejercicio de procedencia.

"Si se observa la gestión de los años 2007 y siguientes se aprecia que han sido tramitadas resoluciones por un importe superior a los 18, 5 millones de euros, lo que supone que se ha sido aprobado un gasto por importe superior al crédito habilitado en la anualidad origen de las subveniones". De los datos que tiene la Intervención se desprende que en el caso de las ITE hay certificados finales expedidos en fechas previas a la existencia de la convocatoria "extremo que incumple el requisito previsto para las aciones subvencionadas, las cuales no deberían encontrarse previamente ejecutadas".

La intervención detecta "pagos indebidos" al no tener la aprobación por el órgano competente. También se han hecho segundos pagos (en el primero se daba el 50% de la subvención) sin la previa apobación del órgano competente.

Igualmente señala que en un total de 8,129 beneficiados tenían derecho a recibir el 50% de la subvención antes de comenzar si cumplían ciertos requisitos y pese a que el Ayuntamiento facilitó ese dinero, la EMV no efectuó el pago.

También se han detectado que existen resoluciones de concesión fundamentadas en convocatorias posteriores a las solicitudes de subvención. En un 80% de los casos no se ha cumplido el plazo máximo para dictar la resolución de concesión. Se han producido notables e injustificables demorar en el cumplimiento del trámite de notificación que con carácter general supera el año y en algunos casos llega a superar los 3 años, circunstancia extraordinariamente anormal si tomamos en consideración que las notificación se efectúa mediante la simple publicación de las resoluciones en el tablón de la EMVS.

También existen un total de 4.725 beneficiarios que tienen pendiente de justificación la subvención,a pesar de haber finalizado el plazo. Igualmente el informe señala que en la "comunicación de final de la obra" se ha superado ampliamente el plazo de ejecución llegando incluso a los 2 años de demora.

El convenio entre el Ayuntamiento y la EMV terminó el 12 de diciembre de 2012 y la liquidación debería haberse presentado de forma completa antes del 1 de junio de 2013. Sin embargo, la EMVS ha continuado haciendo pagos en fechas posteriores hasta el 18 de diciembre de 2013.

"Estos pagos -añade la intervención- se han efectuado fuera del marco temporal de la vigencia del convenio, siendo una actuación que además afecta de manera esencial a las magnitudes que forman la mencionada liquidación, lo que ha supuesto que se hayan debido reformular las cuentas de liquidación en reiradas ocasiones, dificultando notablemente el control y la fiscalización de la misma".

Asimismo señala la Intervención que la justificación del convenio de los años 2007, 2008 y 2009 se hizo fuera de plazo "suponiendo un nuevo incumplimiento de las obligacioneds asumidas".

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