España

El voto que discrepa del fallo del TC: "La reforma del CGPJ es incompatible con la separación de poderes"

Los magistrados conservadores sostienen que el Consejo está legitimado por ley a operar sin limitaciones para poder garantizar la independencia judicial y afean al Gobierno el incumplimiento de la Constitución

Los cuatro magistrados del Tribunal Constitucional (TC) que discrepan del fallo que avala la reforma del CGPJ han firmado un duro voto particular en el que exponen que el cambio legal que impulsó Moncloa es "incompatible" con la separación de poderes. El texto determina que se tenían que haber admitido a trámite los recursos de PP y Vox contra la reforma legal que maniata al Consejo porque atenta contra la Constitución.

"La limitación que impide ahora al Consejo General del Poder Judicial realizar determinados nombramientos cuando está en funciones es incompatible con los postulados que se derivan del principio de separación de poderes", reza el voto particular que firman los magistrados Concepción Espejel, César Tolosa, Enrique Arnaldo y Ricardo Enríquez.

El documento, al que ha tenido acceso Vozpópuli, recoge las recomendaciones del Parlamento de la UE y de otras instancias europeas para advertir que la reforma que aprobó el Gobierno de Pedro Sánchez atenta contra la independencia judicial. Al hilo explican que la naturaleza del CGPJ "está inexorablemente ligada" a su función de salvaguarda de la independencia del Poder Judicial y que el cambio legal le despoja de sus funciones.

"Flagrante desnaturalización" del CGPJ

Al respecto entienden que en este caso el TC debería haber estudiado si la actuación del legislador, que le imposibilitó efectuar nombramientos por estar en funciones, respeta o no el artículo 122 de la Constitución, el cual determina la naturaleza independiente del CGPJ.

"La sentencia de la que discrepamos ha prescindido totalmente de este examen, llegando al punto de minusvalorar la función de garantía de la independencia del Poder Judicial que le corresponde al Consejo", indican al respecto.

Por ello consideran que la reforma de Sánchez permite una "flagrante desnaturalización" del Consejo puesto que lo reduce a un mero órgano de gestión administrativa y le impide ejercer sus funciones reconocidas en la Constitución "de forma arbitraria y contradictoria".

Durante el tiempo que el CGPJ está en funciones queda privado de su labor más esencial recogida en la Constitución, por lo que su naturaleza queda afectada

"Con estas limitaciones quedan afectadas sustancialmente las funciones que precisamente justifican la existencia del Consejo: por un lado, intervenir en la elección y nombramiento de jueces, como elemento necesario para garantizar la independencia de los órganos judiciales; y por otro lado, intervenir en el ejercicio de la potestad disciplinaria judicial, con la finalidad de evitar que se convierta en instrumento de presión sobre la actividad judicial o de control político", dice el voto particular.

Además, más allá de la imposibilidad de efectuar nombramientos, con este cambio legal también se le despoja de otras funciones como son las decisiones en materia de gobierno de los tribunales, la resolución de recursos de alzada en ese ámbito, la prohibición de asesorar a los jueces sobre conflictos e intereses.

En materia de publicación de sentencias no puede tampoco proceder a la regulación del Centro de Documentación Judicial ni nombrar al director ni al personal de este último.

Reproche al Gobierno

Por todo ello reprochan que la iniciativa de la reforma del CGPJ surja de Moncloa. "La Constitución ya ha configurado al Consejo como un órgano autónomo e independiente de los demás poderes del Estado, y lo que le corresponde al Poder Legislativo es respetar y cumplir con los mecanismos ya establecidos por la Constitución, que son los que garantizan la protección de la autonomía del CGPJ", indica el documento.

Los cuatro magistrados del bloque conservador entienden que la sentencia valida la actuación del Poder Legislativo, porque le exculpa de su obligación legal de renovar el Consejo y, por contra, "castiga" a éste último, el cual no es responsable de trabajar en funciones desde diciembre de 2018. Al respecto insiste en que no son más legítimas las decisiones que adopte un nuevo órgano renovado que el que actúa en funciones.

El voto reconoce que la situación actual es anómala; ahora bien, defiende que es legal porque lo recoge la Constitución. Por ello reiteran que no es cierto que la Carta Magna únicamente recoja los derechos del CGPJ mientras está en los cinco años de su cargo, como así defiende la sentencia de la que ha sido ponente la magistrada progresista María Luisa Balaguer.

"Atasco generalizado"

Finalmente el voto particular también apela a las consecuencias en los tribunales de la imposibilidad de renovar la cúpula del Poder Judicial. Los magistrados apelan al "atasco generalizado" que ha provocado la ley de Moncloa y dicen que no solo ha generado una situación de "precariedad" sino que tampoco contribuye a que se respete el derecho a la tutela judicial efectiva debido a los retrasos que provoca en la respuesta de la Justicia.

El Pleno del TC reunido el lunes sacó adelante la ponencia de Balaguer, contraria a admitir el recurso de Vox, ya que se impuso la mayoría de siete magistrados progresistas, entre ellos el presidente Cándido Conde-Pumpido. La otra ponencia, que redactó el conservador César Tolosa y abogaba por el sentido contrario, no prosperó. Por ello el presidente del TC asignó la nueva redacción de la misma a Balaguer.

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