Vox ya conoce de primera mano la 'dureza' de la Ley de Partidos. El Ministerio del Interior retrasó su inscripción en el Registro de Partidos Políticos durante algo más de un mes porque cuatro de los artículos de sus estatutos no se ajustaban al texto legal que en su día permitió poner fuera de la ley a varias de las 'marcas' de la izquierda abertzale. Finalmente, y tras presentar las modificiaciones que le exigía el departamento que dirige Jorge Fernández Díaz, la nueva formación política auspiciado por exmilitantes del PP como Santiago Abascal y José Antonio Ortega Lara recibió el 'placet' y quedó inscrita el pasado 17 de diciembre, sólo un mes antes de que hiciera su presentación pública.
La formación de Ortega Lara y Abascal tuvo que redactar de nuevo los apartados referidos a los diferentes órganos de dirección para conseguir la inscripción en el Registro de Partidos
Así consta en el expediente sobre su legalización que obra en los archivos del Registro de Partidos y al que ha tenido acceso Vozpópuli. En el mismo se detalla que la primera solicitud de inscripción llegó a Interior el 13 de noviembre de la mano de un empresario madrileño, quien acompañó su solicitud con el acta firmada dos días antes de constitución de la formación ante el notario de Madrid José Luis Ruiz Abad. En dicho documento fedatario, los promotores de la formación incluían diez folios con los estatutos del nuevo partido. Eran en total 36 artículos y dos disposiciones en los que se recogían desde los "fines" políticos de Vox hasta su estructura y órganos de dirección, pasando por las condiciones necesarias para expulsar a un militante de la formación.
Un articulado que, sin embargo, no se ajustaba a la legalidad. según concluyó el departamento de Fernández Díaz sólo seis días después de que la solicitud de inscripción fuera presentada. El 19 de noviembre, la Dirección General Política Interior, del que depende el Registro de Partidos, dictaba una resolución en la que rechazaba la inscripción de la nueva formación hasta que no se subsanasen algunos errores concretos de sus estatutos que no cumplían la Ley de Partidos. Eran en concreto, cuatro artículos, todos ellos referidos a los órganos de dirección de la formación, y que, según detallaba el escrito de Interior, no se ajustaban a las premisas legales sobre condiciones que debían regir el funcionamiento de los mismos.
Composición y plazos de los órganos de dirección
Así, en el artículo 19, el referido a la llamada Asamblea General de la formación, Vox tuvo que añadir al texto original un nuevo párrafo en el que detallaba que para incluir un asunto a tratar en el orden del día de la misma sería necesario que el 10% de los asistentes lo apoyaran, además de abrir la puerta a su debate antes de la votación. El artículo 20, en el que se abordaba la composición de la Junta Directiva Nacional, el nuevo partido tuvo que matizar que la duración del mandato de sus integrantes sería desde "su elección hasta que sea sutituido". También sobre este órgano de dirección de Vox y, en concreto sobre su "ámbito de actuación", recogido en el artículo 21, los impulsores del partido tuvieron que redactar un añadido en el que detallaron que las reuniones de la Junta Direcdtiva Nacional se convocarían avisando a sus integrantes "con un mínimo de 15 días" o, en casos de urgencia, que este plazo se prodría reducir a siete.
La última modificiación de los estatutos de la formación recogen la obligación de sus militantes de "aceptar expresamente el manifiesto fundacional del partido"
Además, la modificación de este artículo también incluyó la matización de en qué cuestiones será la Junta Directiva Nacional "especialmente competente". En concreto, tuvo que especificar que en el nombramiento del Comité Ejecutivo Nacional, en fijar la política de comunicación del partido y la organización interna, en determinar las directrices disciplinarias para sus militantes, en concretar la financiación y el gasto, y en fijar las "estrategias electorales". El último artículo que tuvo que ser 'retocado' fue el 27, el referido al Comité Ejecutivo Nacional. En este punto, Vox debió acalarar también los plazos mínimos para que sus integrantes fueran convocados para celebrar reuniones, y que será de una vez a la semana con el aviso a sus integrantes con al menos dos días de antelación. Además, Interior también le obligó a hacer constar sus competencias, finalmente fijadas por el nuevo partido en "ejecutar los acuerdos y políticas adoptadas por la Junta Directiva Nacional".
Con estos cambios reflejados en un nuevo documento notarial, un dirigente de la formación se desplazó al Registro de Partidos, situado en la madrileña calle de Amador de los Ríos, para presentar el escrito de subsanación de errores y conseguir la definitiva legalización de la formación. En esta ocasión, Interior tardó algo más en responder. Fue el 17 de diciembre cuando el Ministerio dictó la resolución en la que finalmente daba luz verde a la inscripción del nuevo partido y, por tanto, abría la puerta a que a partir de ahora presente candidaturas en comicios. empezando por las Elecciones Europeas del próximo mes de mayo.
Segunda modificación de estatutos
No obstante, el partido ha seguido haciendo modificiaciones en sus estatutos, según refleja el expediente que obra en Interior y al que ha tenido acceso este diario. Así, el pasado 16 de enero, el mismo día que sus principales promotores daban una rueda de prensa para presentarlo, registraban en Interior un nuevo documento notarial redactado una semana antes en el que formalizaban ante el Ministerio los cambios en sus puestos directivos, con el nombramiento del profesor universitario José Luis González Quirós como nuevo presidente de la Comisión Organizadora Provisional, el órgano que dirigirá la formación hasta la celebración de la Asamblea General Constituyente.
Los estatutos de Vox recogen en seis puntos y 16 líneas los "fines" del partido, entre los que figuran expresiones como "indivisible unidad", "imperio de la ley" y "cultura de la vida"
No fue, sin embargo, esta el único cambio. También recogió nuevas modificaciones en sus estatutos que afectaban a otros cuatro articulos y a una disposición transitoria. Así, Vox concretó el símbolo del partido y fijó el verde 'pantone 368" y el negro como sus colores corporativos. También cambió su sede social, situada hasta ese momento en la localidad madrileña de Alcobendas por una en un piso del céntrico del barrio de Salamanca, de la capital. Otra modificiación se refería a la obligación de realizar una auditoria anual de la cuentas por parte de una "firma de reconocido prestigio" y la inclusión de unas disposición transitoria para convocar una asamblea extraordinaria constituyente en la que nombrar un Comité Ejecutivo Nacional provisional que debería dirigir el partido hasta que se pueda celebrar la primera Asamblea General Ordinaria para elegir "un presidente, un secretario general y nueve vocales".
Sin embargo, el cambio estatutario más llamativo es el que Vox realizó a su artículo 6, el destinado a fijar las condiciones necesarias para ser afiliado. En este punto, la nueva formación incluyó que "será obligatorio aceptar expresamente el manifiesto fundacional del partido" para ser aceptado como integrante de la formación. Un manifiesto fundacional que el propio estatuto resumía desde su primera redacción en seis únicos puntos que sólo ocupaban dieciséis líneas, y en las que figuran expresiones como "indivisible unidad", "patriotismo", "imperio de la ley", "economía de mercado", "cultura de la vida" y "protección de la familia".
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