El Constitucional ha rechazado el recurso contra la decisión de la Audiencia Nacional de archivar definitivamente la causa abierta para investigar las supuestas irregularidades en la contratación del Yak-42, que en 2003 se estrelló en Trebisonda (Turquía) con 62 militares españoles que regresaban de Afganistán.
En una providencia, el Tribunal Constitucional ha explicado que tras examinar el recurso ha decidido no admitirlo a trámite por "la manifiesta inexistencia" de la violación de un derecho fundamental tutelable en amparo, necesario para ejercer dicha tutela. El recurso había sido interpuesto por la Asociación de Familias Afectadas por la Catástrofe del Accidente Aéreo Yak-42 contra la providencia de mayo de 2012 de la sección cuarta de la Audiencia Nacional que avaló el sobreseimiento de esta causa y era la última baza con la que contaban las familias de las víctimas para sentar en el banquillo al entonces ministro de Defensa, Federico Trillo, entre otros.
Con esta decisión, la Audiencia Nacional archivó definitivamente la causa abierta para investigar las supuestas irregularidades en la contratación del Yak-42 y confirmó el archivo dictado previamente por el juez Fernando Grande-Marlaska.
Al rechazar los recursos de la asociación de familiares de los fallecidos en el siniestro, al que se había adherido la Fiscalía, Marlaska justificó su decisión al concluir, tal y como previamente lo había hecho la Comisión Internacional de Investigación, que el accidente se debió a la fatiga y la falta de preparación de la tripulación.
Por esta causa llegaron a estar imputados por un delito de imprudencia grave con resultado de muerte seis mandos militares, entre ellos el entonces jefe de Estado Mayor de la Defensa, Antonio Moreno Barberá, y el exjefe de Estado Mayor Conjunto, Juan Luis Ibarreta Manella.
También se imputó al exjefe de la división de operaciones del EMACON, José Antonio Martínez; a los también miembros del EMACON Joaquín Yáñez y Alfonso Elías, y al teniente coronel Abraham Ruiz López, enlace de la División de Planes del Estado Mayor Conjunto ante la agencia de la OTAN NAMSA.
Sin embargo, la Audiencia Nacional consideró, como Marlaska, que la actuación de los imputados no constituyó delito, ya que el Código Penal exige que "hubieran creado el riesgo mediante una acción u omisión precedente".
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