El Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela ha ordenado suspender las primarias de la oposición, que se saldaron con una abrumadora victoria de María Corina Machado, quien se erigía como estandarte del antichavismo. Concretamente, el tribunal anula así "todos los efectos de las distintas fases del proceso electoral conducido por la Comisión Nacional de Primarias" (CNP), que se celebró el día 22.
Así ha fallado la Justicia venezolana tras recibir un recurso introducido por el diputado opositor José Brito que pedía revisión de "irregularidades". Según la sentencia 122 de la Sala Electoral del TSJ, publicada en el sitio web del Supremo, la comisión organizadora de los comicios opositores deberá consignar "los antecedentes administrativos, contentivos de las veinticinco fases del proceso electoral" de las primarias, que van desde la convocatoria al evento hasta las actas de escrutinios, totalización y proclamación.
Además, deberán consignar al Supremo las actas de aceptación de la candidatura de los aspirantes inhabilitados por la Contraloría para ejercer cargos de elección popular, como es el caso de la ganadora de las internas María Corina Machado, sobre quien pesa esta medida administrativa, impuesta en 2015 por el período de un año, pero extendida recientemente hasta el año 2030.
Asimismo, deberán entregar las renuncias de los candidatos Henrique Capriles y Freddy Superlano -que declinaron participar apenas un par de semanas antes de los comicios-, también inhabilitados, así como las de "cualquier otro ciudadano que haya decidido renunciar a su candidatura".
Denuncia de "ilícitos electorales"
El Supremo da un lapso de tres días a la CNP para consignar "un informe" en el que se indique "el mecanismo empleado para el resguardo del material electoral y el lugar destinado a tal efecto".
Finalmente, ordena notificar al fiscal general, Tarek William Saab, y a otros poderes públicos de esta sentencia y de los hechos denunciados por Brito que -aseguró- pudiesen configurar "la presunta comisión de ilícitos electorales y la presunta comisión de delitos comunes", sin precisar en qué tipo de hechos ilegales incurrieron.
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