Internacional

El TJUE devuelve la inmunidad a Puigdemont de forma provisional

A parte de Puigdemont, el TJUE también ha resuelto lo mismo con Toni Comín y Clara Ponsatí

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea devolvió este martes la inmunidad parlamentaria de forma provisional a los eurodiputados de JxCat Carles Puigdemont, Toni Comín y Clara Ponsatí. El vicepresidente del TJUE aceptó hoy las medidas cautelares que pidieron los tres eurodiputados solicitando que se les devolviera la inmunidad porque su concesión está "justificada" dado que corren el riesgo de ser detenidos, como le ocurrió a Puigdemont en Cerdeña (Italia) en septiembre pasado.

La decisión de hoy es cautelar, a la espera de que el TJUE decida sobre el fondo del asunto, es decir, el recurso que interpusieron Puigdemont, Comín y Ponsatí contra la decisión del Parlamento de retirarles la inmunidad por haber aprobado el suplicatorio que ha pedido el Tribunal Supremo español. 

En el auto de este viernes, el vicepresidente del Alto Tribunal europeo explica que se cumple el requisito que la concesión de medidas provisionales a primera vista de hecho y de Derecho (fumus boni iuris) y lo explica por el "comportamiento" del ponente y del presidente de la comisión de Asuntos Jurídicos del Parlamento Europeo, este último el eurodiputado de Ciudadanos Adrián Vázquez.

Sobre ellos, el vicepresidente del TJUE considera que sus comportamientos "parecen demostrar a primera vista una toma de posición o un prejuicio personal contrarios a los diputados", si bien aclara que corresponderá al juez que debe analizar el fondo del caso establecer si la "realidad" es esa.

"Lo que dije cuando el Tribunal de Justicia de la UE revocó cautelarmente el levantamiento de inmunidad, lo reitero ahora que cautelarmente se la devuelve: nada es definitivo hasta que se dicte sentencia. Prudencia y respeto a las decisiones de los tribunales. En cuanto a las acusaciones de los recurrentes: nada que no supiéramos ya. Hoy no puedo más que reafirmarme en el buen trabajo de toda la Comisión de Asuntos Jurídicos: diputados, asesores y funcionarios del Parlamento Europeo, que juntos llevamos a cabo un proceso intachable", ha defendido Vázquez (Cs).

En todo caso, la Justicia europea apunta también que el ponente encargado de la opinión sobre los suplicatorios fue un eurodiputado del grupo de Conservadores y Reformistas Europeos del que también forma parte VOX, por lo que "no cabe excluir" que ello "pueda suscitar dudas legítimas sobre un potencial perjuicio contra los diputados".

El eurodiputado de Vox Jorge Buxadé ha criticado que Lars Bay Larsen, abogado danés vicepresidente del TJUE, ponga en duda la imparcialidad del ponente del suplicatorio por pertenecer al ECR "olvidando que la mayoría del parlamento votó a favor del suplicatorio".

"Una auténtica infamia desde el punto de vista del respeto a las competencias de las instituciones. El ponente, un siervo de los oligarcas que quieren Estados nación débiles, divididos y sometidos. Este tipo danés es el mismo que condenó a Polonia a un millón de euros de multa diaria mientras no se someta a sus instrucciones en materia de organización judicial; materia sobre la que la UE carece de competencias. Ni respetan los tratados ni las leyes nacionales", ha denunciado.

Otra de las cuestiones a las que se refiere el auto es que considera que se cumple el requisito de urgencia porque entiende que los diputados han demostrado de modo "jurídicamente suficiente con un grado de probabilidad también suficiente la previsibilidad de su detención y de su entrega" a las autoridades españolas si no se suspende el levantamiento de su inmunidad.

Con la emisión de las euroórdenes contra Puigdemont, Comín y Ponsatí se incluyeron en el Sistema de Información Schengen (SIS) descripciones de los tres políticos reclamados por la Justicia española, lo que comporta por sí mismo la obligación de proceder a su detención "y, por ende, una gran probabilidad de que dicha persona sea detenida".

Así, el vicepresidente del Tribunal de Justicia europea considera que el hecho de que los diputados no hayan sido detenidos hasta ahora no significa que no puedan serlo y desecha la alegación de España según la cual el perjuicio alegado por los diputados no podría materializarse debido a que la ejecución de las euroórdenes quedó suspendida como consecuencia de la remisión de la cuestión prejudicial hecha por el Tribunal Supremo.

En este sentido, el magistrado europeo advierte de que sin una "decisión formal" del Tribunal Supremo no puede considerarse que este haya tenido intención de cuestionar las órdenes de detención emitidas o de suspender su ejecución, por lo que la suspensión, que no se contempla en la Decisión marco, tampoco resulta directamente del Estatuto del Tribunal de Justicia.

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