Las empresas de juego online que operan en España preparan desde hace unos meses una modificación de su código de conducta con el que pretenden limitar determinadas prácticas que se realizan dentro de este sector a la hora de anunciarse en los medios audiovisuales. La iniciativa se tramita dentro de la asociación Jdigital, que engloba a entidades como Bet365, Luckia, Betfair, Sportium y William Hill, entre otras, y se espera que se apruebe antes de que finalice 2019.
El borrador de este reglamento interno, al que ha tenido acceso Vozpópuli, consta de 3 páginas e incluye la propuesta para que las comunicaciones comerciales y las auto-promociones de actividades de bingo, juegos de ruleta, póquer, black jack y apuestas incluyan logotipos de advertencia sobre juego responsable y sobre la prohibición de jugar de los menores de 18 años cuando se emitan por televisión.
Además, estas empresas pretenden que a la finalización de cada pieza publicitaria se incluya un mensaje que tendrá una duración de dos segundos, en una práctica que podría equipararse con la que realizan sectores como el farmacéutico.
Las casas de apuestas online también estudian limitar la presencia de deportistas en activo y menores de 25 años en los anuncios de sus juegos. También prevén limitar la presencia de aquellas personas que participen en algún espacio infantil dentro de los medios de comunicación.
Entre las medidas que contempla el borrador también se encuentra la que pretende limitar a un máximo de 200 euros los bonos de bienvenida utilizados como reclamo en los anuncios de televisión. Asimismo, las empresas se comprometerán a informar de los términos y condiciones de dichos bonos, entre los que deberá encontrarse su plazo de vigencia y su cuota mínima.
Fuentes de estas empresas han asegurado a este periódico que la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) -reguladora del sector audiovisual- tiene conocimiento de la elaboración de este código de buenas prácticas, cuyos promotores se comprometen a "prestar especial atención al horario de emisión" de los anuncios y a tener un especial celo con los programas especialmente recomendados para la infancia y no recomendados para menores de 7 años.
Horario nocturno
El código incide en que, más allá del tramo horario comprendido entre las 22.00 y las 06.00 horas, no podrán emitirse las comunicaciones comerciales y auto-promociones de ruleta, punto y banca, black jack, póquer y apuestas deportivas -salvo en la radio, donde no se aplicará de la misma forma-. Tampoco los anuncios de concursos que se realicen en programas que estén recomendados para mayores de 18 años; y los que puedan perjudicar al "desarrollo físico, mental y moral de los menores".
El documento también explica que las auto-promociones de los programas dedicados a juegos de azar y apuestas sólo podrán ofrecerse entre la 01.00 y las 05.00 horas.
Asimismo, los spots publicitarios de bingo y apuestas deberán emitirse fuera de las franjas de protección reforzada para el público infantil.
Este periódico ha contactado con fuentes oficiales de JDigital para intentar obtener más información sobre el documento, sin embargo, han declinado hacer comentarios al respecto.
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