La Comisión Nacional de Mercados y la Competencia (CNMC) ha abierto un expediente sancionador contra Mediaset por superar el tiempo de emisión dedicado a autopromociones y a mensajes publicitarios y de televenta en sus canales de Cuatro, Energy, Divinity y Telecinco. En concreto, según informa Competencia, las infracciones detectadas en esos canales tuvieron lugar en los meses de diciembre de 2018 y enero y febrero de 2019.
Ahora se abre ahora un periodo máximo de tres meses para la instrucción del expediente y su resolución por parte dela CNMC, y Mediaset tendrá diez días para presentar alegaciones.
Competencia recuerda que el artículo 13.2 de la Ley General de la Comunicación Audiovisual (LGCA) que regula el tiempo de emisión dedicado a anuncios de autopromoción establece que "los prestadores del servicio de comunicación audiovisual tienen el derecho a emitir programas que informen sobre su programación o anuncios de sus propios programas y los productos accesorios derivados directamente de dichos programas.
Cinco minutos por cada hora
Estos programas y anuncios no se considerarán comunicación comercial a los efectos de esta ley, según Competencia que advierte de que, no obstante, para la comunicación audiovisual televisiva, el tiempo dedicado a los anuncios publicitarios sobre sus propios programas y productos no podrá superar los cinco minutos por hora.
La normativa también establece el límite de tiempo de emisión de publicidad de mensajes publicitarios y de televenta en doce minutos por hora natural.
Apoya TU periodismo independiente y crítico
Ayúdanos a contribuir a la Defensa del Estado de Derecho Haz tu aportación