Medios

Los independentistas 'secuestran' el CAC: impiden que sancione a TV3 por la publicidad del 1-O

Los votos de los consejeros designados por Junts pel Sí y del presidente, Roger Loppacher, han impedido que la máxima autoridad catalana envíe un requerimiento a TV3 y a Catalunya Ràdio para que dejen de emitir la publicidad institucional del referéndum ilegal del 1-0.

El Consejo Audiovisual de Cataluña (CAC) ha vuelto a respaldar a la Generalitat en su desafío contra el Estado de derecho. Sus presidente, Roger Loppacher, y los consejeros afines a Junts pel Sí, Salvador Alsius e Yvonne Griley, han boicoteado un acuerdo con el que el organismo pretendía exigir a TV3 y a Catalunya Ràdio que dejen de emitir la publicidad institucional del referéndum ilegal del 1-0. Lo han hecho al considerar que el CAC no puede actuar en este momento, a riesgo de vulnerar el principio non bis in ídem y entorpecer la labor de la justicia, según han explicado a Vozpópuli fuentes conocedoras de la Institución.

En concreto, el Pleno del Consejo ha decidido no requerir a la Corporación Catalana de Medios Audiovisuales (CCMA) para que tanto TV3 como Catalunya Ràdio y el canal 324 dejen de emitir “con carácter inmediato” el anuncio titulado “Instrucciones para votar el 1-0” por tratarse de publicidad prohibida.

Los consejeros que han votado contra esta medida argumentan que, en este momento de conflicto institucional, el organismo debe de abstenerse de “incoar y tramitar procedimientos administrativos contra los prestadores de servicios de comunicación audiovisual ubicados dentro de su ámbito competencial”. Según publica este martes 'El Economista', el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) remitió el pasado 13 de septiembre un escrito a los responsables de la televisión y la radio autonómicas, Vicent Sanchís y Saúl Gordillo, en el que les llamaba a "impedir o paralizar cualquier iniciativa que suponga ignorar o eludir la suspensión” de la Ley de Referéndum. Ambos se han negado, lo que ha motivado una investigación de la Fiscalía.

En un voto particular con el que el consejero Daniel Sirera ha apostillado la decisión tomada este martes por el organismo, se incide en que el CAC sólo debería inhibirse en el caso de tener conocimiento de la existencia de un procedimiento penal con respecto a la emisión de la publicidad institucional de la consulta en TV3 o Catalunya Ràdio, algo que no ha ocurrido.

“No se puede entender que la notificación por parte del TSJC de la suspensión de la Ley de Referéndum pueda ser considerada como el inicio de un procedimiento judicial”, ha manifestado en el voto.

Actuación contradictoria

Cabe recordar que, en 2014, la máxima autoridad audiovisual catalana abrió diligencias contra la Cadena SER, Onda Cero y COPE por negarse a emitir las cuñas que les remitió la Generalitat sobre la consulta ilegal del 9 de noviembre. La medida fue interpretada como una amenaza velada del Govern -entonces comandado por Artur Mas- hacia los medios de comunicación críticos con el proceso soberanista, cuyas licencias de emisión dependen del CAC.

Este organismo fue creado en el año 2000 con el objetivo de velar por el cumplimiento de la normativa aplicable en el sector audiovisual dentro de la comunidad autónoma de Cataluña. Pese a que la ley que lo regula (2/2000) lo define como un ente "independiente", siempre ha estado controlado por la Generalitat y, desde 2010, ha protegido prácticamente en todas sus decisiones los intereses de los líderes del procés.

En esta ocasión, se ha negado a intervenir sobre una cuña publicitaria que los medios de comunicación públicos catalanes emiten, en contra del criterio del TSJC. Fuentes de la oposición parlamentaria inciden en que el presidente del CAC podría enfrentarse a sanciones penales como consecuencia de esta decisión.

No hay que olvidar que el director de TV3 aseguró el pasado domingo que la televisión pública seguirá emitiendo el anuncio del referéndum del 1 de octubre, pese a advertir el Tribunal Constitucional que no se puede difundir publicidad de un referéndum suspendido, al considerar que atiende a una ley aprobada por el Parlament que sigue vigente.

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