Medios

La precampaña amenaza la ley que reforzará la protección de las fuentes periodísticas

La norma pretende incrementar la protección de los periodistas ante las peticiones desmedidas de los jueces, como ocurrió en el caso Cursach. Han surgido discrepancias entre los partidos

La Constitución española establece, en su artículo 20.1, que “la ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional”. Cuatro décadas después de su promulgación, este punto todavía no se ha desarrollado, aunque el pasado 19 de diciembre se publicó en el Boletín Oficial de las Cortes el borrador de la ley orgánica que llenará este vacío. Ahora bien, las discrepancias entre los partidos y las maniobras estratégicas parlamentarias han comprometido su tramitación y aprobación.

Lo primero que hay que tener claro es que el objetivo de esta ley es incrementar la protección de los periodistas y de sus fuentes, de modo que se eviten situaciones como la que se produjo durante la instrucción del caso Cursach, cuando un juez ordenó el rastreo de las llamadas y el requisamiento de los teléfonos móviles de los periodistas.

Su tramitación comenzó después de que la Federación de Asociaciones de Periodistas de España (FAPE) y representantes del Foro de Organizaciones de Periodistas (principalmente, la Federación de Sindicatos de Periodistas, UGT y CCOO) propusieran a los diferentes grupos parlamentarios el desarrollo de este derecho constitucional.

Los contactos con las formaciones parlamentarias comenzaron el año pasado y –según fuentes de estas asociaciones- de aquellas reuniones pudo deducirse que la ley sería respaldada por todos los grupos parlamentarios. También por el Gobierno, como transmitió su portavoz, Isabel Rodríguez.

El problema surgió el pasado diciembre, cuando la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados votó sobre la posibilidad de iniciar la tramitación de esta proposición de ley orgánica como enmienda de otra norma en fase de aprobación –la trasposición de la directiva europea sobre la protección de las personas que informen sobre las infracciones normativas y de lucha contra la corrupción-.

Los socialistas se mostraron partidarios de tomar este ‘atajo parlamentario’ porque la legislatura se agotará en los próximos meses y se corre el riesgo de que el Gobierno disuelva las cámaras antes de que se vote este texto.

El PP quiere la tramitación ordinaria

El Grupo Popular y Vox se opusieron en la citada Comisión, dado que, en su opinión, la modificación de una ley orgánica que desarrolla un derecho constitucional debe tramitarse de forma ordinaria, es decir, tras completar todos los pasos parlamentarios y ser analizada por el Consejo de Estado y el Consejo General del Poder Judicial.

Actualmente, existe un recurso por resolver en la Mesa del Congreso, en el que los populares reclaman dicha tramitación por el cauce ordinario. Según publicó El Periódico de España, febrero será un mes clave para saber la forma y la velocidad en la que avanzará el desarrollo de esta normativa. Sin embargo, desde los representantes de los periodistas temen que la precampaña –con su clima enrarecido- paralice el proceso.

El borrador de la ley se compone de siete artículos, en los que se asegura que “ningún periodista será perseguido por proteger la identidad de sus fuentes” y se clarifica el perfil de los profesionales de la información.

El texto expresa que “el secreto profesional ampara y obliga a los y las periodistas a proteger la identidad de sus fuentes”, salvo en los casos en los que se constate “fehacientemente” que la fuente ha falseado conscientemente la información; o en aquellos en los que “la revelación de la fuente sea el único medio para evitar un daño grave e inminente a la vida, la integridad física o la seguridad de las personas”.

Sea como sea, en su artículo 7 incide en que, “cuando una autoridad judicial o administrativa tenga a su disposición la identidad de una fuente periodística, actuará de la manera menos lesiva para el secreto profesional”.

La proposición de ley –publicada en el Boletín Oficial de las Cortes- también establece las fronteras del secreto profesional: “Comprenderá el derecho a no revelar la identidad de la fuente, la comunicación a través de la cual se transmitió la información, el contenido de la misma y cualquier otro elemento accesorio que pudiera ser empleado para identificar a la fuente”.

Problemas para los periodistas

Cabe recordar que, desde 1978, se han producido varios episodios en los que los periodistas y sus fuentes se han visto comprometidos por las indagaciones de determinados jueces. Ocurrió tras la filtración de la sentencia del 'caso Rumasa' en el Tribunal Constitucional; o con las pesquisas relacionadas con el confidente que ayudó a revelar el falso máster de Cristina Cifuentes o los papeles de Bárcenas.

Hay que tener en cuenta que sobre el secreto profesional se ha producido abundante jurisprudencia durante los últimos 43 años, desde la promulgación del texto constitucional, detallan estos informantes, que confían en que el nuevo texto legal clarifique la situación actual y eleve el nivel de protección sobre los periodistas.

La cláusula de conciencia -otro derecho constitucional de los profesionales de la información- está regulada desde 1997 y cuenta con tan solo tres artículos, en los que se reconoce a los periodistas la capacidad de negarse, motivadamente, a participar en la elaboración de informaciones contrarias a los principios éticos de la comunicación, sin que ello pueda suponer sanción o perjuicio.

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