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¿Debería la Infanta Cristina renunciar a su derecho al trono? y ¿qué pasaría?

Después de que Cristina se haya sentado por fin en el banquillo de los acusados, a pesar de sus ‘no’ respuestas muchos se preguntan por qué sigue siendo la sexta en la línea sucesoria de la Corona española. Algo que le ha servido para seguir beneficiándose de obsequios de firmas de lujo, de seguir teniendo escoltas y otros servicios y facilidades. Sin embargo, la renuncia es un acto voluntario, personal e irrevocable y sólo es decisión de ella. ¿Por qué no hace como las hermanas del Rey emérito que renunciaron hace años y por otros motivos menos graves?

La implicación de Cristina de Borbón en el caso Nóos, trajo algunas consecuencias pero no las suficientes según reclama la opinión pública. El pasado mes de junio el Rey Felipe VI le retiró a su hermana Cristina el título de duquesa de Palma, que le concedió su padre en 1997. En enero de este año; Barcelona también le retiró la Medalla de Oro.

Sin embargo ahora, y más después de quedarse muda al sentarse la última vez en el banquillo, muchos se plantean si debería rechazar el seguir estando en la línea de sucesión al trono. Cristina se sitúa la sexta al encontrarse detrás de sus sobrinos Victoria Federica y Felipe Juan Froilán, de su hermana la Infanta Elena, de sus sobrinas Leonor y Sofía y de su hermano, el Rey Felipe VI.

Una decisión que no depende del Rey sino de ella, que es la única que puede tomar esta decisión según está estipulado en la ley orgánica prevista en el Art. 57.5. de la Constitución sobre abdicaciones y renuncias. Ésta señala que la renuncia es un acto de dejación que “tiene carácter voluntario, personalísimo, unilateral, recepticio [que tiene efecto cuando se comunica a su destinatario, en este caso, el Rey]  e irrevocable”.

¿Qué debería hacer si quiere renunciar?

La Infanta deberá comunicar por escrito al Rey su decisión de renunciar y Felipe se lo comunicará, a su vez, al presidente del Gobierno. Según Serrano Alberca, el jefe del Ejecutivo se lo debe transmitir al presidente de las Cortes Generales, pero en este caso no habría necesidad de reunir el Parlamento en sesión conjunta. En opinión del citado jurista, sólo sería necesario reunir a las Cortes en el caso de la renuncia de un Heredero de la Corona a sus derechos dinásticos.

¿Repercutiría a sus hijos?

A pesar de que renunciara finalmente a sus derechos sucesorios, en ningún caso perdería su estatus de Infanta, ya que es un título inherente a su persona por su calidad de hija de Rey, y  seguiría manteniendo el tratamiento de Alteza Real. En cuanto a sus hijos, no perderían sus derechos en la línea sucesoria, al haber nacido antes de la renuncia, que podrán plantearse lo mismo cuando alcancen la mayoría de edad. Algo muy distinto sería para los que nacieran después de la renuncia a los que les afectaría directamente.

Las infantas Pilar y Margarita renunciaron hace años

Aunque las hermanas del Rey Juan Carlos, las infantas doña Pilar de Borbón y doña Margarita de Borbón, forman parte de la familia real, ya renunciaron a sus derechos al trono por motivos menos graves: al contraer matrimonio con una persona ajena a la familia real como estipulaba la Pragmática Sanción de 1776 del Rey Carlos III sobre matrimonios de los miembros de la Familia Real.

La renuncia de ambas implicó que todos sus descendientes quedaran excluidos de la línea sucesoria, al nacer después de la renunciar, como ya sucedió con los infantes Alfonso y Jaime, hijos del rey Alfonso XIII, quienes renunciaron a sus derechos de sucesión en 1933, lo que permitió que eventualmente Juan Carlos fuera Rey de España.

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