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La DGT incrementará un 38% el número de controles de drogas en carretera respecto a 2015

El Ministerio del Interior tiene previsto incrementar hasta 120.000 el número de controles de drogas, estimando en al menos un 17% la reducción de accidentes de tráfico.

El Ministerio del Interior, a través de la Dirección General de Tráfico (DGT), tiene previsto realizar durante este año más de 120.000 pruebas de detección de drogas en vías interurbanas de toda España, excepto en el País Vasco y Cataluña, con el objetivo de sacar de la circulación a los conductores que se ponen al volante tras haber consumido alguna droga. Esto supone un 38% más a las realizadas en 2015.

Este incremento de más de 45.000 pruebas respecto a las realizadas en 2015 está en consonancia con el Plan Estratégico de Seguridad Vial 2010-2020 y especialmente con una de las cinco áreas de actuación del Organismo definida como visión cero en drogas y alcohol, tras los resultados de las pruebas realizadas en 2015 y anunciadas el pasado lunes 4 de enero en rueda de prensa por el ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, en el que el 59% de los conductores que habían cometido alguna infracción fueron además detectados positivos a drogas ilegales, así como un 33% de los conductores evaluados en controles preventivos.

Para llevar a cabo todas estas pruebas relacionadas con drogas, la DGT cuenta con un presupuesto de 12 millones de euros tal y como se explicó en la comparecencia de Presupuestos Generales del Estado para 2016 en la Comisión de Interior y Seguridad Vial del Congreso de los Diputados. Estos 12 millones de euros se destinarán tanto a la compra de los kits de drogas y material complementario, así como a la contratación del servicio de laboratorio para el análisis de las muestras.

Como novedad, durante el 2015 se introdujo la realización de estos controles a los usuarios involucrados en accidente (heridos leves e ilesos, puesto que a los heridos hospitalizados o fallecidos las pruebas se realizan en el entorno sanitario) y a los conductores que hubieran cometido alguna infracción (velocidad, cinturón, casco…) dentro del Plan Integral de Vigilancia.

Una de las razones que han llevado a incrementar este tipo de controles es la constatación de que un alto porcentaje de conductores conducen bajo los efectos de drogas y alcohol, confirmando el Instituto Nacional de Toxicología en su Memoria anual que el 39,09% de los conductores fallecidos y analizados por dicho organismo tenían presencia en sangre de alcohol, drogas o psicofármacos.

¿QUE DICE LA LEY?

Via administrativa: La Ley de Seguridad prohíbe conducir con presencia de drogas en el organismo. La sanción es de 1.000 euros y la detracción de 6 puntos.

Vía Penal: El capítulo IV del Código Penal tipifica los delitos contra la seguridad del tráfico y establece las siguientes penas para conducir bajo la influencia de drogas:

- Conducir bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas conlleva pena de prisión de 3 a 6 meses o multa de 6 a 12 meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 30  a 90 días, y privación del derecho a conducir de uno hasta cuatro años

- Negativa a someterse a las pruebas implica prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir de uno a cuatro años

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