Comenzó la última legislatura con un acuerdo de los partidos mayoritarios para seguir repartiéndose los principales órganos de gobierno de la justicia entre sus afines políticos, ratificando así la grave anomalía –ley orgánica 6/1985– de nuestro sistema democrático cuya división de poderes quedó secuestrada por el poder legislativo, con las tristes consecuencias acontecidas. De aquél tiempo procede también la ley 31/1985 que facilitó la invasión política de las cajas de ahorros que acabó con ellas: en un cuarto de siglo consiguieron los políticos hacer desaparecer –casi sin excepción– y con un coste exorbitante unas exitosas instituciones de la sociedad civil con tres siglos de existencia. Dos lamentables ejemplos de aplicación del contrato social rousseauniano, al decir de Friedrich A. Hayek.
La Justicia española padece un generalizado descrédito que es necesario reponer cuanto antes
La Justicia española padece un generalizado descrédito, no obstante el abnegado y profesional trabajo de muchos jueces y magistrados, que es necesario reponer cuanto antes ya que es un pilar esencial de la calidad institucional de nuestro país. A esta visión político-social hay que añadir una reflexión adicional acerca de cómo la justicia afecta al crecimiento económico y por tanto a nuestra prosperidad social. Gaspar Ariño suele repetir con toda la razón: “Países ricos, grandes jueces”.
El buen funcionamiento de la justicia, no es por tanto un asunto meramente político sino que tiene una estrecha relación con nuestra economía del presente y del futuro. En los rankings internacionales al efecto la posición española suele ser mala por la lentitud de sus procesos, lo que afecta y mucho a nuestra reputación como país receptor de inversiones extranjeras y por supuesto al quehacer empresarial de las empresas españolas.
Las críticas más típicas y certeras que se hacen de la justicia española tienen que ver con:
- La politización de los jueces,
- La lentitud con la que opera,
- La superjudicialización de los litigios, y
- La filtración mediática de los procesos.
La primera e imperativa reforma de la justica debe consistir en devolverle la independencia
La primera e imperativa reforma de la justica debe consistir en devolverle la independencia que le otorgó la constitución de 1978 y que fue suspendida por la citada ley 6/1985, que además de acabar con ella otorgó a los jueces “tal punto de lenidad que cualquier comportamiento judicial está admitido”, por lo que “no es falta leve, ni grave, ni muy grave que un magistrado reclame públicamente la independencia de una comunidad autónoma y redacte una Constitución para el nuevo Estado”, ha escrito Ramón Parada.
Para garantizar la independencia judicial, lo primero que habría que hacer es reglar la carrera judicial para dejarla al margen de la discrecionalidad –política o no– e inspirarla en principios tan sólidos y de probado buen funcionamiento como:
- Ingreso en la carrera exclusivamente por oposición.
- Potenciación de la Escuela Judicial como centro de formación.
- Carrera basada en la antigüedad y la evaluación del desempeño profesional.
- Rígido sistema de incompatibilidades.
- Potestad administrativa –unidad de mando– de los jueces sobre las oficinas judiciales.
- Estricta prohibición de las “puertas giratorias” que permiten pasar de la judicatura a la política y viceversa a gusto del interesado.
Estos principios básicos llevan muchísimo tiempo aplicándose con éxito –también en España– en el ámbito militar: ¿por qué no aplicarlos a la Justicia? Con la salvedad de la “obediencia debida” asociada a la jerarquía militar, muchos de los principios de la carrera militar podrían valer para la judicial: una carrera que hasta su cumbre se guía por criterios estrictamente profesionales, donde las puertas giratorias no existen, las misiones se ejecutan sin excusas y con pulcritud y goza del máximo reconocimiento y prestigio social. En tales circunstancias los llamados “jueces estrella” dejarían de existir.
Ningún juez podría, por tanto, “ser seducido en su carrera con ascensos o destino a cargos que no le correspondan por su puesto en el escalafón”, sostiene Ramón Parada; algo que ya se daba en nuestra legislación decimonónica según “la regla de que los jueces solo lo serían por oposición” en una carrera con “categorías profesionales y ascensos reglados, básicamente por antigüedad”.
Evitar que una justicia acelerada carezca de rigor y seriedad no deja de ser una excusa de la judicatura
En cuanto al problema de la lentitud de los procesos judiciales, se suele justificar por la necesidad de aplicar el rigor y las mayores garantías a los procesos lo que conlleva necesariamente tiempo y se piensa en arreglarlo con más medios materiales y humanos. Siendo muy importante evitar que una justicia acelerada carezca de rigor y seriedad no deja de ser una excusa de la judicatura si comparamos esta cuestión con otros escenarios profesionales.
En el ámbito industrial, desde al automóvil a la aeronáutica, pasando por el petróleo, las nuevas tecnologías, etc., las tareas desarrolladas son tan o más complejas que en la judicatura y todas se planifican y desarrollan para que tengan fin en un tiempo razonable y cumplible. Y no digamos en medicina, arquitectura, ingeniería, y otras muchas carreras profesionales en las que causaría asombro terminar sin plazo los compromisos profesionales.
Si en la carrera judicial, la militar puede ser el ejemplo a seguir, en la gestión de los procesos judiciales imitar –con la pertinente adaptación– las buenas prácticas industriales y profesionales sería una realista y muy alcanzable solución.
Una justicia razonablemente rápida mejoraría extraordinariamente nuestra calidad institucional
Una justicia razonablemente rápida mejoraría extraordinariamente nuestra calidad institucional y con ello las bases de nuestro progreso económico y social, amén de hacernos sentir orgullosos de una institución crucial para la organización y funcionamiento de nuestro orden social.
Según el ex Fiscal General del Estado, Eduardo Torres-Dulce, la justicia española está saturada de asuntos que no debieran ocuparla, hasta el punto de tener más litigios por juez que en los demás países de la U.E. 800.000 juicios de faltas –un 25% del total- podrían salir de nuestro sistema procesal penal para ser resueltos en otras instancias mediante sentencias de conformidad. La negociación, arbitraje y mediación a través de instancias civiles podría aligerar extraordinariamente la carga de trabajo de los jueces. Sostenía también, Torres-Dulce, en su artículo La inevitable reforma de la Administración de Justicia, que la mejora de la justicia no depende de disponer de más medios –sobre todo informáticos– sino de utilizarlos mejor, incluida una gestión más centralizada y por tanto eficiente de los recursos hoy dispersos innecesariamente en las autonomías.
Entre las singularidades de nuestra justicia cabe señalar dos que deberían desaparecer: por una parte la reiterada ignorancia de las sentencias de los tribunales Constitucional y Supremo por las demás instancias judiciales, algo realmente insólito en el mundo occidental según el ex Fiscal General del Estado y por otra la judicialización de las relaciones laborales, una institución anacrónica carente de vigencia en casi todos los países del mundo que perjudica seriamente el desempeño de la función empresarial y por tanto la creación de riqueza.
Llama la atención, finalmente, que la frecuente y vergonzosa filtración de expedientes judiciales con el consiguiente e irreversible daño moral a la fama y honor de personas pendientes de juicio pueda continuar sin que se conozca investigación alguna –si es que existen– que haya concluido con el correspondiente castigo de los culpables. Es perentorio investigarlas y sancionar debidamente a los responsables directos de mantener el secreto de los sumarios.
Siendo la Justicia un pilar fundamental del Estado de Derecho y una institución tan crítica para el buen funcionamiento de la economía y el orden social, la resolución de sus graves problemas por lo que acabamos de ver no sería demasiado difícil de afrontar y resolver ni presenta dificultades de naturaleza política insuperables: ¿a qué esperar para ponerse manos en la obra?