Mira que hay unos cuantos atributos de Sánchez susceptibles de crítica, pero son su afición y su conducta autocráticas las que probablemente comportan un mayor peligro para la democracia española porque combinadas con sus necesidades parlamentarias constituyen un coctel auténticamente explosivo. El ejemplo más reciente se encuentra en la Ley de Vivienda. Apretado por sus socios de Gobierno y de investidura se ha visto obligado a impulsar la aprobación de una norma jurídica que resulta manifiestamente mejorable utilizando el término empleado por el franquismo para definir las fincas rústicas candidatas a la expropiación. Entre otras muchas cuestiones de orden no menor, la Ley es criticable por invadir competencias autonómicas. Pues no contento con la invasión, Sánchez ha salido a despotricar -con su habitual maestría- contra aquellos Gobiernos autonómicos que osen defender las atribuciones que tienen legalmente atribuidas y no ejecuten las disposiciones en las que se ha materializado la invasión. María Jesús Montero, su palafrenera más voluntarista, incluso se ha atrevido a amenazar a las Comunidades "rebeldes" con aplicarles el artículo 155 de la Constitución ¡Qué atrevida es la ignorancia!
Lo malo es que la conjunción de ignorancia y autocracia está conduciendo a la Hacienda Pública española a un proceso de auto descalificación que socava crecientemente su legitimación de ejercicio. La de origen no se discute pues ni puede ni debe discutirse, pero el modo en el que se viene comportando nuestro Fisco constituye una agresión a la buena fe y a la ética pública que deben regir la conducta de una institución que realiza una función tan delicada como detraer a los individuos parte de los ingresos que ellos generan con su esfuerzo, trabajo y, en ocasiones, asunción de riesgo patrimonial. Se olvidan los responsables de esta deriva deslegitimadora que los abusos de la Hacienda han llegado a provocar hasta guerras civiles. Podrían comprobarlo si leyeran la historia de los Comuneros de Castilla o si preguntasen a los historiadores norteamericanos. Probablemente no harán ni una ni otra cosa pues leer y preguntar no parecen formar parte de su modus vivendi. Pero el caso es que sí, que uno y otra están minando la credibilidad de nuestra Hacienda Pública con decisiones impropias de un Estado moderno y democrático. Por su gravedad, una afirmación tan contundente como la anterior exige ser apoyada con datos y argumentos. A ello voy.
La inmoral actuación del Gobierno le ha supuesto un sobrepago de 607 €, un 10,5% más de lo que legítimamente le correspondería pagar
Ha sido y es criticado con razón el inmoral aprovechamiento fiscal que de la inflación ha realizado el Gobierno Sánchez que, al no indexar el IRPF, ha aplicado de hecho una subida del impuesto a todos sus contribuyentes, a todos. Es una práctica que aplicaron los antiguos sátrapas para esquilmar fraudulentamente a sus vasallos y que ahora están practicando Sánchez y M. J. Montero con los españoles. Sin embargo, hasta ahora no se ha hecho hincapié en la dimensión cuantitativa de este fraudulento aumento del IRPF, cuestión que como vamos a ver es más que relevante. En efecto, si consideramos el ejemplo de un/a contribuyente que percibe como sueldo el salario medio español, está casado/a, su cónyuge no obtiene ingresos y entre ambos tienen dos hijos, se comprueba que sumando los años 2021 y 2022 -los afectados por un proceso inflacionista que ha supuesto un 12,6% de inflación acumulada-, su cuota a pagar del IRPF asciende a 6.385 €. Pero si el Gobierno hubiera actuado con la ética y moral exigibles actualizando la tarifa del impuesto, el mínimo exento y las deducciones por hijos según la evolución del IPC, su pago se habría limitado a 5.778 €. Quiere decirse que la inmoral actuación del Gobierno le ha supuesto un sobrepago de 607 €, un 10,5% más de lo que legítimamente le correspondería pagar. Ciertamente, no es tan solo conceptualmente rechazable el vasallaje con el que Sánchez y Montero tratan a los españoles, es que además, en la perspectiva material, nos han sacado inmoralmente un buen pellizco, nada más que un aumento del IRPF en torno al 10%.
También ha sido y es criticado con razón la peculiar manera en la que se han aprobado los nuevos impuestos contra las entidades bancarias y energéticas, presentando una proposición de ley y esquivando así la emisión de los informes preceptivos de diversos órganos consultivos que hubieran sido requeridos de haberse utilizado el procedimiento natural y habitual -proyecto de Ley- con el que un Gobierno ejerce la iniciativa legislativa. Pero no se ha reseñado suficientemente el atropello a los principios generales del Derecho Tributario, universalmente admitidos en los Estados democráticos, que suponen la ficticia denominación y la simulada naturaleza jurídica atribuidos a los dos nuevos tributos en la Ley de su creación. Así, según la Ley 38/2022 que los crea, lo creado son "gravámenes temporales" y su respectiva naturaleza jurídica es la de "gravamen patrimonial de carácter público no tributario". Vaya broma, resulta que según la citada Ley: 1) Se regulan por lo dispuesto en la Ley General Tributaria; 2) Su exacción, gestión, comprobación y recaudación corresponde a la Agencia Tributaria; y 3) El régimen sancionador aplicable es el previsto legalmente en la Ley General Tributaria. Pero que curiosidad, según su Ley ¡no tienen naturaleza tributaria! Menudo fraude legal en toda regla.
La respuesta es que, atendiendo a los reseñados principios tributarios generales y democráticos del Derecho Tributario, los impuestos no pueden ser retroactivos y, sin embargo, el Gobierno si quería aplicarlos retroactivamente
La pregunta es qué motivo ha provocado que se haya utilizado la denominación ficticia de gravamen y se haya simulado una naturaleza jurídica no tributaria cuando se trata de dos impuestos como la copa de un pino. La respuesta es que, atendiendo a los reseñados principios tributarios generales y democráticos del Derecho Tributario, los impuestos no pueden ser retroactivos y, sin embargo, el Gobierno si quería aplicarlos retroactivamente. Es fácil imaginar la conversación que tuvo lugar entre la ministra de Hacienda y sus colaboradores en la reunión en la que se decidió cometer el fraude legal que se ha cometido. Debió ser algo así:
-Ministra: No os olvidéis de establecer que estos dos nuevos impuestos tienen que pagarse con retroactividad
-Colaboradores: Ministra, es que los impuestos no pueden ser retroactivos.
-Ministra. Pues le cambiáis el nombre y ya está.
Y así, de ese modo tan poco ejemplar y tan escasamente edificante, debió decidirse la tropelía legal por la que dos impuestos se denominan ficticiamente gravámenes y se simula su naturaleza jurídica disponiendo falsariamente que tienen carácter "no tributario" cuando se trata de dos impuestos como dos soles. Es como funcionan los autócratas, sin respeto alguno ni a la Ley ni a los principios generales del Derecho.
No puede dejar de resaltarse lo escandaloso que resulta que la Hacienda Pública española, tan exigente con los individuos al requerirles el estricto cumplimiento de sus obligaciones legales, se comporte de manera tan laxa incumpliendo las normas éticas y los principios legales más elementales que debiera cumplir. Es lo que tiene ser un autócrata, no ayuno de ignorancia, y comportarse como un sátrapa, que puedes subir los impuestos ilegítimamente y cometer fraudes legales empleando nombres ficticios y simulando naturalezas jurídicas falsas. A los chamanes, brujos y agoreros -como nos llama Sánchez-, nos corresponde denunciarlo.
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