La decisión del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) que convalida la que en su día tomó el Tribunal Constitucional español, suspendiendo la celebración el 9 de Octubre de 2017 del Pleno del Parlamento de Cataluña en el que se pretendía declarar unilateralmente la independencia, es la peor noticia que podía recibir el independentismo en la recta final de la vista oral que enjuicia en el Supremo a autores e inductores de la más grave intentona golpista contra la democracia española de las perpetradas tras la aprobación de la Constitución del 78.
La mejor prueba de ello es la que nos regalan los medios que apoyan el secesionismo, ocultando como pueden una información que trasciende lo judicial para fijar una doctrina institucional y políticamente demoledora para los golpistas. Porque lo que el TEDH ha venido a decir sin ningún atisbo de duda en su escrito de rechazo de la demanda interpuesta por la que fuera presidenta de la Cámara legislativa catalana, Carme Forcadell, es que por el camino elegido, el de la desobediencia a las leyes comunes y la unilateralidad, la Justicia europea jamás aceptará la desintegración territorial de un Estado de la Unión Europea.
Lo que Estrasburgo ha venido a decir es que por el camino elegido la Justicia europea jamás aceptará la desintegración territorial de un Estado de la Unión
De paso, el alto Tribunal de Estrasburgo fija un criterio superior -por encima desde luego de los meramente técnicos- que deberá ser aplicado en un futuro por las administraciones de Justicia de los países de la Unión. Así, los jueces alemanes, belgas o escoceses, tan escrupulosos a la hora de exigir garantías, ya saben a qué atenerse en el caso de que de la exigencia ridículamente minuciosa del cumplimiento de las formas se pase en un futuro a la evaluación reflexiva del fondo, que es lo que en este desdichado episodio realmente acabará importando.
Por otra parte, el fallo de inadmisibilidad de la demanda secesionista avala sin el menor asomo de duda la calidad democrática de nuestro país, y recuerda a Puigdemont y Forcadell, pero también al puñado de europarlamentarios (y de senadores franceses) que en algún momento mostraron su comprensión hacia los líderes del ‘procés’, que pretender la separación unilateral de una parte del territorio, contra las leyes comunes y las órdenes del Tribunal Constitucional, no es compatible con el respeto de los derechos y libertades que protege el ordenamiento jurídico europeo e internacional.
Junto a la nítida y prolija argumentación jurídica, la resolución del TEDH añade un factor valorativo de extraordinaria importancia, como lo es el hecho de haber sido tomada por unanimidad por los siete magistrados del tribunal. El máximo intérprete europeo de los derechos humanos no deja resquicio alguno, no abre ninguna compuerta en forma de voto particular. Es la segunda vez que esto sucede: ya en octubre de 2018 el TEDH rechazó unánimemente otra demanda presentada contra la decisión del Constitucional de suspender la administración territorial montada para la celebración del referéndum ilegal.
El máximo intérprete europeo de los derechos humanos no deja resquicio alguno, ni abre ninguna compuerta en forma de voto particular
Estamos ante una muy buena noticia para el Estado español, al que no obstante hay que seguir achacando no pocas dosis de negligencia a la hora de establecer una estrategia eficaz contra la propaganda independentista en el exterior. El último ejemplo de esa exasperante inoperancia es la petición de excarcelación de Oriol Junqueras y ‘los Jordis’ realizada por un grupo de trabajo dependiente del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas, el cual considera que las detenciones de estos dirigentes del procés fueron “arbitrarias” y pide junto a una indemnización económica su inmediata puesta en libertad.
Casualmente, tal grupo, el mismo que en su día pidió la liberación de Julian Assange, tan activo en favor del independentismo, ha hecho pública su reclamación, inmediatamente después de conocerse la decisión de Estrasburgo a través de una comunicación que ya está siendo utilizada para contrarrestar la del TEDH, y en la que priman descaradamente los argumentos de los presos preventivos al tiempo que pone de manifiesto un inquietante desconocimiento, limítrofe con la insolvencia, de la legislación española y europea.
Pero lo peor no es que un burocrático, lejano e ideologizado departamento de Naciones Unidas roce la prevaricación, sino que el Gobierno de España no sea capaz de intervenir a tiempo para al menos amortiguar el impacto de indecorosas maniobras que a todas luces están claramente dirigidas, ni tampoco demuestre la mínima capacidad de respuesta que debe presidir las acciones de un Estado solvente y moderno.
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