Opinión

El falaz pulso de república contra monarquía

El ataque frontal a la monarquía parlamentaria responde a una estrategia en pinza con dos objetivos: la república autoritaria que quieren unos y la disolución de la Nación española a la que aspiran otros

El debate actual, planteado por la izquierda antiliberal, de inspiración comunista y los nacionalistas  contra la monarquía como forma de Estado, obedece a una estrategia de propaganda a favor de la república con el fin de socavar y hacer tabla rasa del pacto constitucional de la Transición democrática de finales de los años 70 del siglo pasado entre las fuerzas políticas de izquierda (PSOE y PCE/PSUC), derecha (UCD, AP) y los nacionalistas (CIU).

Las motivaciones que estos  actores vierten en las instituciones, los medios afines y en las redes sociales tienen el efecto de retrotraernos a los convulsos y estériles periodos de nuestra historia, vividos en los siglos XIX y primera parte del XX. La consideración racional del contenido argumental de su relato es dogmático, maniqueo y está plagado de falacias. Veamos.

Uno: Decir sin más que la república es el paradigma del bien y, en consecuencia, que debe abolirse la monarquía no resiste la prueba empírica. Desde el punto de vista de la lógica discursiva es maniqueo e incurre en una falsa dicotomía porque hay formas de república, como también de monarquía, que pueden cuestionarse desde el punto de vista de las libertades civiles y la democracia, pero también hay formas de monarquía con estándares de democracia y libertades civiles superiores a determinados regímenes republicanos.

Obviar o ignorar que hay muchos tipos de república como también de monarquía es falsear el debate. Como es sabido, hay repúblicas presidencialistas, cuyo presidente elegido tiene el poder ejecutivo (Irán, EEUU, Congo, Nicaragua...), semipresidencialistas, con separación entre el jefe del estado y el poder ejecutivo con variantes (Armenia, Senegal, Francia,  Mali, Portugal...), parlamentarias, con separación de poderes  y un jefe del estado electivo con funciones simbólicas (Polonia, Suiza, Sudáfrica,  Malta, Pakistán...) y de partido único, comunistas, fascistas y nacionalistas (China, Corea del Norte, Vietnam, Cuba...).  También hay monarquías absolutas (Arabia Saudita, Catar, Omán...), constitucionales (Marruecos, Tailandia...), y parlamentarias (Canadá, Reino Unido, Suecia, Dinamarca, España...).

Al igual que las monarquías autoritarias, hay repúblicas que pueden cuestionarse desde el punto de vista de las libertades civiles y la democracia

Dos: En nuestro caso el tema nuclear de este debate, si se plantea en términos objetivos y pragmáticos, reside en el carácter democrático y liberal de los regímenes políticos. Desde esta perspectiva la democracia parlamentaria reúne ambos requisitos, tanto si es monárquica como republicana.   Ambas  modalidades de Estado democrático se caracterizan por la diferenciación entre el poder y la autoridad:

-Poder. Separación de poderes: legislativo, que elige al ejecutivo; ejecutivo, que responde ante el legislativo;  y  judicial, con diversos procedimientos de acceso a la función jurisdiccional con más o menos impregnación política.

-Autoridad (Jefe del Estado). En las repúblicas,  es el presidente electivo con funciones representativas, simbólicas y arbitrales;  en las monarquías, es el rey hereditario como figura histórica con funciones representativas, simbólicas y arbitrales.

En la democracia liberal es exigible el carácter electivo del poder público de los órganos ejecutivos y legislativos con controles y contrapesos, aunque se dan diferencias en cuanto al poder jurisdiccional en que prima la autoridad basada en la profesionalidad con sistemas de elección y selección por mérito y duración vitalicia.

En consecuencia, desde la perspectiva del ejercicio del poder público las monarquías parlamentarias contienen las instituciones y valores del republicanismo  y resulta acertado caracterizarlas como repúblicas coronadas por lo que, en este caso,  la posición de “república” contra “monarquía” es falaz desde el punto de vista político por conclusión irrelevante, de manera que la identificación personal por una u otra forma de Estado se reduce a una simple cuestión emocional.

En las monarquías parlamentarias como la española, según la Constitución aprobada por las Cortes Generales y aprobada por los españoles mediante sufragio, al rey no le  compete  el ejercicio del poder público; su función es el ejercicio de la autoridad superior como Jefe de Estado: “el rey reina, pero no gobierna”. La autoridad real es posicional por su carácter hereditario, pero como atributo personal es la que le otorgan los españoles por sus actos, crédito y prestigio. Conviene no confundir el poder público que en democracia es electivo y temporal, por la competencia limpia entre opciones políticas distintas, y la autoridad real sancionada democráticamente a través del orden constitucional. Por tanto es falaz (falsa atribución) afirmar gratuitamente que el rey no es democrático porque no ha sido elegido.

Desde un plano político, la posición de ‘república’ contra ‘monarquía’ es falaz, por irrelevante, y la opción personal por una u otra forma de Estado es una simple cuestión emocional

Tres: Los regímenes políticos democráticos contemporáneos, tanto republicanos como monárquicos, como se ha expuesto, integran instituciones y valores tanto del republicanismo como del liberalismo. En efecto, los valores del republicanismo desde Aristóteles a Maquiavelo, RousseauMontesquieu y Jefferson, entre otros, han puesto el acento en el ejercicio del poder y la comunidad, la ciudadanía y la participación pública con mecanismos de control, de pesos y contrapesos con instituciones que evolucionaron con el tiempo, aunque no entraban  en su órbita los valores de la libertad individual. El liberalismo en sus distintas corrientes desde Locke, Smith, Nozick, Hayek y otros aportará, por su parte, la importancia de la libertad personal y pondrá el acento en los límites del poder a la iniciativa individual, la civilidad  en el  marco de Estado de Derecho, la cultura crítica y la ética pública. La Constitución española integra los valores del republicanismo y del liberalismo.

El debate público actual de las democracias, tanto en los parlamentos como en los medios y las redes sociales, sucede en este cuadro complejo y contradictorio de fuerzas, dimensionadas por la globalización y la tecnología, entre el ejercicio del poder político de los estados y  la libertad individual con avances y retrocesos entre el intervencionismo público y la capacidad de acción y creación de los individuos. El ajuste articulado entre “individuo” y “sociedad”, aunque siempre conflictivo es el marco operativo de las democracias liberales. Su fractura y decantación definitiva  en uno u otro sentido da lugar a todos los tipos de totalitarismo.

La pulsión actual antiliberal y republicana impulsada por el populismo neo-comunista  y nacionalista alimenta el discurso contra la democracia liberal y la autoridad de la monarquía parlamentaria. En su horizonte sólo caben estilos de republicanismo autoritario con dos armas de instauración y diseminación: el control del poder político, municipal, autonómico y estatal y la instrumentalización de los medios de comunicación. De manera que la asociación que establecen entre república y democracia es una falacia con intención engañosa refutada en los apartados anteriores.

Su ataque frontal a la monarquía parlamentaria responde a una estrategia en pinza entre la izquierda comunista y los nacionalismos fragmentarios con arreglo a sus respectivos fines: la república autoritaria de unos y la disolución de la Nación española de los otros. En esta estrategia de poder y propaganda, con la utilización sectaria de las instituciones que controlan aprobando mociones contra la monarquía parlamentaria  se perciben mimbres del tejido revolucionario: primacía de la voluntad de poder sobre el  orden constitucional, erosión de las instituciones democráticas....

Habrá que estar atentos a cómo los poderes públicos actuales asumen con valor sus responsabilidades en defensa del orden  constitucional para que no se incurra en los errores de 1931: las fraudulentas elecciones municipales del 12 de abril forzaron el cambio del régimen político de la Nación por la irresponsabilidad de los poderes públicos del momento. 

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