La expulsión del español de la escuela catalana presenta dos frentes. Por un lado, la imposición exclusiva del catalán como lengua vehicular (única lengua de comunicación en la vida escolar) y, por otro, la eliminación de la materia de Lengua Castellana y Literatura al disolverla en ámbitos globalizados de materias (así se regula en la ley socialista de educación: art. 18.1 LOMLOE 3/2020, de 29.12), impartidos preferentemente en catalán como lengua de uso normal y «centro de gravedad» de todas las actividades, por concesión gratuita, pseudojurídica del Tribunal Constitucional (STC.337/1994, 23.12, FJ 10º).
La situación fáctica resultante es un sistema escolar monolingüe con el catalán como lengua dominante de transmisión lingüística y cultural, en todas las formas de comunicación, enseñanza y aprendizaje, excepto el aprendizaje curricular de las lenguas extranjeras.
La progresiva exclusión del español es una realidad de la vida escolar desde hace décadas, impulsada por los gobiernos nacionalistas ante la dejación, insensata e irresponsable de los gobiernos de España y de las Cortes Generales, pues rompe de plano los acuerdos constituyentes, aprobados por las Cortes, sobre el carácter oficial del español —lengua oficial común de la nación— y el orden jurídico constitucional resultante, ratificado por los españoles en referéndum. Veámoslo:
a. Acuerdos constituyentes sobre lenguas oficiales. El pleno del Congreso de diputados hizo suyo el acuerdo de la Comisión de Asuntos Constitucionales y aprobó rechazar por amplia mayoría (278 votos a favor, 20 en contra y 13 abstenciones) las enmiendas 105 y 106, presentadas por el grupo de Minoría Catalana, que pretendían imponer, respectivamente, «el carácter oficial exclusivo de una lengua distinta del castellano en un territorio autonómico», y «el deber de conocimiento de las lenguas cooficiales en los territorios respectivos». Estos acuerdos constituyentes delimitan el significado, normativo e interpretativo, del texto constitucional, como lo expone H. Kelsen, en Teoría pura del Derecho, «El acto constituyente no cuenta solo con un sentido subjetivo; sino también con un sentido normativo, objetivo, cuando se presupone que corresponde actuar como lo prescribe el constituyente» (p. 22).
b. Orden lingüístico constitucional. Estos contenidos rechazados en la fase constituyente permiten comprender el significado real y el alcance sociopolítico y cultural del tratamiento de la cooficialidad lingüística en la Constitución.
En efecto, la interpretación acorde con la Constitución del art. 3 excluye, por inconstitucional, el monolingüismo de las lenguas cooficiales en los territorios autonómicos, así como obligar a los ciudadanos españoles, de facto y con prescripciones, a usar y conocer las lenguas cooficiales.
Por estos motivos, la condición de cooficialidad de las otras lenguas con el español debería entenderse y ajustarse en función de tres criterios:
—Todos los españoles comparten la ciudadanía del español como lengua común («todos tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla») y, además, algunos tienen otras lenguas con derecho de uso normal, pero no preferente (STC 31/2010, FJ. 14º).
—Las autonomías con lengua cooficial son competentes para «fomentar la enseñanza» de la lengua, pero no exigirla mediante «condiciones» (requisitos discriminatorios de lengua cooficial para el acceso a puestos de trabajo) o «presiones antidemocráticas» (imposiciones, marcajes, delaciones…).
—El modelo de oficialidad lingüística resultante es monolingüe en español, y bilingüe en autonomías con una o más lenguas cooficiales. En este punto procede distinguir entre el «bilingüismo institucional» (equitativo en el espacio oficial y público, oral y escrito), y el «bilingüismo individual» (son ciudadanos bilingües, en grados distintos, quienes además del español, lengua común, tienen como lengua materna o conocen por decisión propia otras lenguas cooficiales).
Su enemigo es España, su cultura, la Constitución y las instituciones del Estado. Son beligerantes con el uso y abuso de las instituciones y recursos transferidos por el Estado
¿Por qué se ha degradado el orden lingüístico constitucional? A estas alturas, dos causas son obvias por la abundante evidencia empírica:
La primera, la voluntad de poder de los nacionalismos antiespañoles que buscan por todos los medios ampliar la base social del independentismo con fines de mayoría plebiscitaria. Su enemigo es España, su cultura, la Constitución y las instituciones del Estado. Son beligerantes con: el uso y abuso de las instituciones y recursos transferidos por el Estado; la instrumentalización del sistema educativo (ver en Nacionalismo catalán y adoctrinamiento escolar); y la manipulación secesionista de los medios de comunicación públicos, y el condicionamiento de los privados a través de subvenciones.
Es un auténtico «triángulo de hierro» de poder contra España (ver en La guerra de secesión contra la nación de españoles. Poder, propaganda y proselitismo en la Cataluña nacionalista)
La segunda, especialmente relevante, es la estrategia seguida por los poderes del Estado, caracterizada durante más de 40 años por cesiones y apaciguamiento sin más visión ni estrategia. Puede explicarse, en parte, por las dependencias políticas de los partidos nacionales para lograr mayorías en las Cortes (en 14 legislaturas, entre 1977 y 2019, sólo en tres hubo mayoría de un solo partido: 2 del PSOE y 1 del PP). El poder de los partidos nacionalistas en las Cortes, que constitucionalmente «representan al pueblo español» (art. 66.1) —se entiende que en conjunto y con lealtad— se ha duplicado en este tiempo. Sólo hay que ver su influencia, disolvente para los intereses generales, en las políticas del actual gobierno Sánchez. Pero viene de lejos por la incapacidad, durante décadas, de hacer una ley electoral para que los nacionalistas antiespañoles no sean decisivos en la representación de la nación.
Otra batalla ganada por separatistas y socio comunistas para la eliminación anticonstitucional del carácter oficial del español en autonomías con lengua cooficial, al suprimir su condición de lengua vehicular
Con relación al tema que nos ocupa, los nacionalistas catalanes del Congreso consiguieron durante la tramitación de la ley de educación (LO 3/2020, de 29.12) suprimir de la Disposición Adicional 38ª de la LOE 2/2006, de 3.05 (ley también socialista) «el derecho de los alumnos a recibir enseñanzas en castellano (…) como lengua oficial del Estado y vehicular de la enseñanza». Otra batalla ganada por separatistas y socio comunistas para la eliminación anticonstitucional del carácter oficial del español en autonomías con lengua cooficial, al suprimir su condición de lengua vehicular o de comunicación normal.
Las reclamaciones de miles de familias en defensa de los derechos lingüísticos de sus hijos eran y son negadas en vía administrativa, pero atendidas, caso a caso, por imperativo constitucional, en la vía lenta del proceso judicial: derecho de un «mínimo de español», condición sin la cual una lengua oficial deja de ser (la cuarta parte del horario lectivo para aprender el español y en español materias no lingüísticas). Pero incluso este mínimo es una amenaza para la voluntad de exclusión del español: nacionalistas de izquierda y derecha clamaron contra la «intromisión de la Justicia», y, en uso de las competencias legislativas transferidas por el Estado, promulgaron dos normas (Decreto Ley 6/202 y Ley 8/2022) para neutralizar las sentencias judiciales garantistas de derechos lingüísticos de los alumnos. Ante la fractura consumada de la paridad cualitativa de las lenguas cooficiales, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña resolvió plantear cuestión de inconstitucionalidad contra estas normas (Auto de 28.07.2022), alegando infracción del art. 3 CE, en relación con el art. 27, los arts. 6 y 35.1 del Estatuto de Autonomía de Cataluña, y los arts. 9.3, 24.1, 118 y 86.1 de la CE. Ahora, seguimos a la espera del pronunciamiento del TC. Su doctrina en esta materia es clara en lo fundamental, pero carente de asertividad, con contradicciones y cesiones políticas indebidas.
La exclusión llega incluso a los usos privados de los alumnos: sus conversaciones en los pasillos pueden ser vigiladas (parleu en català), el tiempo libre del recreo se coloniza con juegos dirigidos en catalán
Así las cosas, el español ha dejado de ser lengua oficial y de aprendizaje en la educación catalana. La materia de Lengua Castellana y Literatura se disuelve en ámbitos globalizados de materias con el catalán como lengua normal preferente. La exclusión llega incluso a los usos privados de los alumnos: sus conversaciones en los pasillos pueden ser vigiladas (parleu en català), el tiempo libre del recreo se coloniza con juegos dirigidos en catalán. Arrecian las multas a comerciantes por rotular sus negocios en español, se imponen requisitos lingüísticos discriminatorios para el acceso a puestos de trabajo. Ahora el foco contra el español está en la Universidad, en la Sanidad… mediante presiones, encuestas insidiosas, delaciones, señalamientos…
En resumen, en Cataluña estamos viviendo una situación de apartheid contra el español, amparado y financiado por España e implementado con empeño por el poder nacionalista. Presumen de que el integrismo lingüístico-cultural beneficia a la causa separatista. Sí, consiguen adeptos, especialmente, al integrarse en el establishment subvencionado, pero la brecha social de rechazo va en aumento: hay ciudadanos que han dejado de usar el catalán. La conciencia de lengua impuesta hasta en la sopa suscita aversión.
Esta forma de totalitarismo lingüístico-cultural pretende borrar la catalanidad española de larga tradición histórica; daña bienes jurídicos de alumnos y familias; perjudica legítimos intereses ciudadanos; genera estériles conflictos por motivos lingüísticos con casos de intimidación y violencia.
Respuestas firmes
El español es la lengua propia y habitual de la mayoría de los catalanes y funciona como lengua franca en las comunicaciones no interferidas por el poder nacionalista y socialcomunista. En La conurbación de Barcelona se hablan más de 300 lenguas (informe de Linguapax), pero la lengua popular por su eficacia coloquial es el español. El integrismo antiespañol sólo consigue negar a las generaciones más jóvenes un conocimiento estándar y culto del español.
Nacionalistas y socialcomunistas deben asumir con normalidad una cultura hispanocatalana bilingüe con simetría institucional y libertad individual en los usos (español y catalán son lenguas propias de los catalanes). Y entender que la pretensión de ¡una lengua, una escuela, una nación! es regresiva: no tiene futuro. Los poderes del Estado (gobierno, Cortes…) deben impedir, con eficacia inteligente, el cese del totalitarismo lingüístico-cultural que perjudica a los más débiles.
Esta realidad expuesta exige respuestas firmes, pues opera en contra del orden constitucional que nos hemos dado los españoles.
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