Opinión

Historia de una sentencia

Esa es la exorbitante reclamación de las asociaciones cívicas: que se cumpla la sentencia y que haya otra materia, además de lengua castellana, que se imparta en español. ¡Dos asignaturas!

El pasado domingo se celebró una manifestación en Barcelona convocada por Escuela de todos. Como sabrán, se trata de una asociación de asociaciones, formada por quince entidades de la sociedad civil catalana (Asamblea por una Escuela Bilingüe en Cataluña, Impulso Ciudadano, S’ha Acabat, Societat Civil Catalana, entre las más conocidas), unidas por el propósito común de acabar con la exclusión del castellano en las escuelas catalanas. Ese ha sido el objeto de la manifestación, en la que se reclamó que el castellano reciba el tratamiento de lengua vehicular en el sistema educativo catalán. Tan sencillo y tan difícil, a lo que se ve.

Hace unos meses esa reivindicación parecía al alcance, gracias a la sentencia 5201/2020, de 16 de diciembre, del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), que fijó en un 25% el mínimo de enseñanzas que los alumnos catalanes debían recibir en castellano. Después de que el Supremo desestimara el recurso de la Generalitat, la sentencia pasó a ser firme y venía a poner fin a la mal llamada ‘inmersión lingüística’. O eso parecía.

La maquinaria judicial es lenta, pero uno pensaría que en un Estado de derecho las resoluciones judiciales están para cumplirlas y que eso obliga a todos, también a los poderes autonómicos

Los hechos posteriores son conocidos. El gobierno de la Generalitat, empezando por su presidente y el consejero de Educación, se negaron a cumplir la sentencia y animaron públicamente a desobedecerla. Ante lo cual, la Asamblea por una Escuela Bilingüe (AEB) tuvo que presentar en marzo de 2022 una solicitud de ejecución forzosa de aquella sentencia ante el TSJC. Dicha demanda fue aceptada en mayo por los jueces, quienes fijaron un plazo para que las autoridades autonómicas dieran cumplimiento a la sentencia, dictando las instrucciones oportunas a los centros escolares, al tiempo que se requería a la Alta Inspección Educativa para que verificara su ejecución e informara al Tribunal al término del plazo. La maquinaria judicial es lenta, pero uno pensaría que en un Estado de derecho las resoluciones judiciales están para cumplirlas y que eso obliga a todos, también a los poderes autonómicos.

Se ve que eso es una suposición extravagante en Cataluña. El gobierno de la Generalitat dejó claro que la sentencia nunca se cumpliría y que para ello introduciría los cambios legales que fueran necesarios. El primero fue un decreto-ley por vía de urgencia que regula los proyectos lingüísticos de los centros, en el que se prohíbe expresamente la fijación de porcentajes en el uso de lenguas. La intención era transparente. Al día siguiente de que se aprobara en el Parlament, la Generalitat presentó escrito ante el TSJC alegando que como resultado del cambio normativo ya no era posible ejecutar la sentencia. La segunda ‘reforma’, que contó igualmente con el inestimable concurso de los votos del PSC y En Comú, es una ley que regula el uso de las lenguas en la enseñanza no universitaria, con idéntico objetivo de burlar la sentencia y dejar las cosas como hasta ahora.

Como ven, el asunto se ha convertido en un verdadero embrollo jurídico, en el que es fácil perderse. Pero lo cierto es que quienes se oponen a la sentencia lo han conseguido una vez más. Aun dudando de la constitucionalidad de dichos cambios, el TSJC ha admitido que hacen legalmente imposible la ejecución de la sentencia de 2020. Por supuesto, los jueces pueden elevar la cuestión de su dudosa constitucionalidad ante el Tribunal Constitucional, pero eso significa esperar a que éste se pronuncie. Ad calendas graecas, dirá más de uno con razón, pues los tiempos de la jurisdicción constitucional no son de este mundo y hay asuntos que llevan más de una década en espera de resolución.

Amparándose en la nueva legislación autonómica, la Consejería de Educación pretende ahora dejar sin efecto tales medidas, dictando instrucciones a los centros escolares

No contenta con la paralización de la sentencia, la Generalitat va un paso más lejos. Como recordarán por el caso de Canet de Mar, hay familias que han reclamado ante los tribunales el derecho a que sus hijos reciban enseñanza en ambas lenguas oficiales y los tribunales les han dado la razón. En tales casos la administración catalana ha tenido que acatar las resoluciones judiciales, disponiendo las medidas para que esos alumnos reciban parte de la enseñanza en español. Amparándose en la nueva legislación autonómica, la Consejería de Educación pretende ahora dejar sin efecto tales medidas, dictando instrucciones a los centros escolares. Algunos de ellos ya han comunicado a las familias que dejarán de aplicarlas con el inicio del curso.

Eso significa, como ha explicado Rafael Arenas, que la administración autonómica decide por su cuenta dejar de aplicar las resoluciones judiciales, privando a esos alumnos y sus familias de los derechos que les han sido reconocidos por los tribunales. La gravedad del asunto no puede subestimarse, pues no afecta solo a los derechos lingüísticos de unas familias. Si el respeto por la legalidad implica el cumplimiento de las sentencias judiciales, esa obligación atañe de manera especial a los poderes públicos; de otra forma, al no estar sujetos a control judicial, no cabría poner coto a los abusos y la arbitrariedad, en detrimento de los derechos de los ciudadanos. Es lo que estamos presenciando en Cataluña.

Que nadie piense además que el asunto interesa en exclusiva a los catalanes. Cuando se pone en jaque al Estado de derecho es ilusorio pensar que sus efectos quedarán circunscritos a la autonomía y no se dejarán sentir en el resto. Principios como el imperio de la ley no se trocean: si se menoscaba para algunos, se menoscaba para todos.

Todo lo cual lleva a preguntarse por el papel del gobierno central en todo esto. Los indicios fueron inequívocos desde el principio. La Abogacía del Estado no apoyó en su momento la demanda de ejecución forzosa. La Alta Inspección Educativa, haciendo dejación de sus funciones, se declaró incapaz de asumir el encargo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña para que verificara el cumplimiento de la sentencia. Y el Ministerio de Educación, como muestra el elocuente silencio de su titular, se ha desentendido por completo del asunto.

Ahí tenemos un perfecto ejemplo de lo que esconde la cacareada ‘desjudicialización de la política’, acordada en la mesa de negociación bilateral entre representantes de la Generalitat y del gobierno español

La responsabilidad con todo incumbe al gobierno en pleno, que tiene a su disposición el medio idóneo para poner fin a las maniobras dilatorias de la Generalitat, presentando recurso de inconstitucionalidad contra las nuevas normas autonómicas, lo que supondría su suspensión cautelar. ¡No lo verán nuestros ojos! No es solo que el Gobierno de Sánchez dependa del apoyo de las formaciones independentistas en el Congreso, sino que los votos de los socialistas y de la sucursal de Podemos han servido para sacar adelante la nueva normativa autonómica que impide el cumplimiento de la sentencia. Ahí tenemos un perfecto ejemplo de lo que esconde la cacareada ‘desjudicialización de la política’, acordada en la mesa de negociación bilateral entre representantes de la Generalitat y del gobierno español. Quien deja hacer así se hace corresponsable del desmán.

Tanto más cuando la sentencia del TSJC no es un capricho de los jueces, sino que responde a un imperativo constitucional. Durante años el Tribunal Constitucional ha venido reiterando que la preferencia por el catalán no puede significar la exclusión del castellano y que ambas lenguas han de ser tratadas como lenguas vehiculares de enseñanza; es decir, no sólo como lenguas que se enseñan, sino como lenguas en las que se enseñan otras materias y de uso normal en las comunicaciones dentro de la escuela y con las familias. Que el castellano ha de recibir tratamiento de lengua vehicular a todos los efectos es consecuencia de su condición de lengua oficial, fijada por la Constitución.

La feroz oposición a una medida tan modesta demuestra que la enseñanza y los alumnos importan poco; de lo que se trata es de instrumentalizar la escuela al servicio de la causa nacionalista

De ese mandato constitucional se derivan los derechos lingüísticos que reclaman las familias y los convocantes de la manifestación del domingo. Esa es la exorbitante reclamación de las asociaciones cívicas: que se cumpla la sentencia y que haya otra materia, además de lengua castellana, que se imparta en español. ¡Dos asignaturas! Eso cuando hablamos de una lengua que no sólo es oficial del país, sino que es la lengua materna y de uso habitual de la mayoría de los catalanes. La feroz oposición a una medida tan modesta demuestra que la enseñanza y los alumnos importan poco; de lo que se trata es de instrumentalizar la escuela al servicio de la causa nacionalista, relegando el castellano a la condición de lengua extranjera en un ejercicio indisimulado de hispanofobia. Para ello no dudan en atropellar los derechos de los alumnos y sus familias o impedir el cumplimiento de las resoluciones judiciales.

Por eso la causa de las asociaciones civiles que se movilizaron el domingo no es ninguna bagatela, porque están pidiendo que se respete el Estado de derecho y se cumpla la Constitución en Cataluña. Ya me dirán si no nos concierne a todos.

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