La Ley de Bases de la Seguridad Social de 1966 estableció un modelo unitario e integrado de protección social, con una base financiera de reparto, gestión pública y participación del Estado en la financiación, con vigencia de 1 de enero de 1967, que significó un salto cualitativo en la consolidación de un Sistema Público de Pensiones en el Estado español.
Desde entonces han sido muchas las modificaciones que se han llevado a cabo, por todos los gobiernos y partidos políticos en el poder en cada momento, porque el sistema de pensiones español está basado en unos ingresos producidos por los trabajadores activos, un flujo piramidal en el que los que trabajan pagan las pensiones de los jubilados, que a su vez pagaron las de sus progenitores mientras ellos estaban activos en el trabajo. La crisis financiera que venimos sufriendo desde hace años ha llevado aparejada la caída del empleo y de los sueldos de los empleados, disminuyendo por tanto los ingresos para pagar las pensiones, que cada día son más, de más importe y de más largo plazo de pago.
El actual sistema vigente corresponde a dos modificaciones realizadas por el ministro José Luis Escrivá bajo la presidencia de Pedro Sánchez. En la primera de ellas se estableció: que las pensiones de Seguridad Social, en su modalidad contributiva, incluido el importe de la pensión mínima, se revalorizarán al comienzo de cada año en el porcentaje equivalente al valor medio de las tasas de variación interanual expresadas en tanto por ciento del Índice de Precios al Consumo de los doce meses previos a diciembre del año anterior, lo que es lo mismo, noviembre a noviembre.
Se modifican los coeficientes reductores para penalizar las jubilaciones anticipadas, que pasan a ser en función de los meses y no de los años que falten para la edad reglamentada de jubilación
Por ello, en el año 2023 se revalorizan el 8,50% cuando el IPC anual del año 2022 ha sido del 5,80% y 6,90% el subyacente (la que no considera para su cálculo a la energía (electricidad, gasolina, gas…) ni a los alimentos no elaborados (frutas, verduras…), aunque sí todo lo demás: alimentos procesados, ropa, restauración, comunicaciones, etc.). Se modifican los coeficientes reductores para penalizar las jubilaciones anticipadas, que pasan a ser en función de los meses y no de los años que falten para la edad reglamentada de jubilación, tratando de incentivar la permanencia en el mercado laboral de los empleados.
La última se ha realizado el pasado 16 de marzo de 2023 mediante un Real Decreto, saltándose así el análisis e informe del Consejo de Estado, del Consejo Económico y Social y de la AIReF, o sea, para evitar todo el procedimiento legislativo previo al Parlamento, y únicamente con el asentimiento de los sindicatos UGT y CCOO, cuyas principales novedades son:
Supresión del tope de las cotizaciones máximas: El tope máximo establecido para las bases de cotización de la Seguridad Social de cada uno de sus regímenes se actualizará anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado en un porcentaje igual al que se establezca para la revalorización de las pensiones contributivas.
Se establece un Mecanismo de Equidad Intergeneracional: Con el fin de preservar el equilibrio entre generaciones y fortalecer la sostenibilidad del sistema de la Seguridad Social a largo plazo, se establece un Mecanismo de Equidad Intergeneracional consistente en una cotización finalista aplicable en todos los regímenes y en todos los supuestos en los que se cotice por la contingencia de jubilación, que no será computable a efectos de prestaciones y que nutrirá el Fondo de Reserva de la Seguridad Social.
Con ello, el aumento de las cotizaciones queda de la siguiente forma:
La base reguladora de la pensión de jubilación queda así:
Las bases correspondientes a los veinticuatro meses inmediatamente anteriores al mes previo al del hecho causante se computarán en su valor nominal. Las restantes bases se actualizarán de acuerdo con la evolución que haya experimentado el Índice de Precios de Consumo desde el mes a que aquellas correspondan, hasta el mes inmediato anterior a aquel en que se inicie el período a que se refiere el primer párrafo.
En teoría, la idea de las reformas efectuadas es buena y preveía que, alargando la edad de jubilación, la gente estaría más años trabajando y menos cobrando su pensión. Pero se ha producido el efecto contrario al previsto, cada vez se jubila antes el personal, acceden a pensiones más altas porque han cotizado más y durante más años que los jubilados anteriores, a causa de:
* El cambio de leyes en materia laboral ha permitido que empleados que antes eran prejubilados y seguían manteniendo su cotización a la Seguridad Social hasta la fecha de jubilación real, ahora son despedidos con una corta indemnización, por lo que se acogen antes a la jubilación anticipada.
* Por otra parte, las empresas privadas no quieren a personal mayor de cincuenta y ocho años, porque “para pensar” ya están ellos en el Comité de Dirección. Un estudio de KPMG del año 2019 estimaba que el 72% de las grandes empresas se planteaban jubilar a sus empleados más veteranos para abaratar costes. Ese es el verdadero problema. Los empleados son, todos, prescindibles; las máquinas los sustituyen y quienes hacen trabajar a esas máquinas son personas jóvenes y con una preparación acorde a ese cometido; los únicos, todavía, imprescindibles, son los vendedores, de lo que sea, los que están a pie de calle, gente joven, con técnicas actualizadas y que se “comen” el mundo, con ilusión, fuerza y vitalidad, todo lo que se va perdiendo con los años.
Lo que debería ser justicia social, se convierte así en pobreza permanente para los que son apartados del mercado antes de la edad efectiva de jubilación que se pretende modificar
Alargar la edad de jubilación, en un mercado laboral en el que se despide o prejubila a los empleados antes de cumplir los sesenta años, es una forma de reducir el importe de las pensiones, por ausencia de cotizaciones en los últimos años previos a la jubilación, o por las penalizaciones que conlleva la jubilación anticipada, y por el aumento de plazo de la base reguladora. Lo que debería ser justicia social, se convierte así en pobreza permanente para los que son apartados del mercado antes de la edad efectiva de jubilación que se pretende modificar.
Una vez más se ha hecho una chapuza indigna de un profesional como el que ha sido en la empresa privada el ministro Escrivá, de forma unilateral, con precipitación, sin consenso político y empresarial, centrada casi únicamente en alargar la edad de jubilación reglamentaria a la que, por decisión propia o de terceros, no alcanzan la mayoría de los trabajadores.
A España le está llegando la hora de la verdad y tendrá que elegir entre conservar el actual sistema autonómico, ruinoso, injusto e insostenible, tal como está desarrollado, o suprimir las autonomías para salvar el sistema de pensiones y los servicios públicos básicos, sobre todo la educación y la sanidad. Como es inviable la supresión de las autonomías, el objetivo inmediato, gane quien gane las próximas elecciones generales, será la reducción de las pensiones bajo la excusa de que “es lo que ordena Europa…”.
Crear una “mochila” con un porcentaje mensual de consenso del total de los ingresos del trabajador, que irá siempre con él a cualquier trabajo que desarrolle en su vida profesional
Hay que tomar medidas drásticas, y no precisamente rebajando las pensiones (porque toda la prosopopeya montada tiene ese único objetivo final), sino, a partir de una fecha concreta, pidiendo un esfuerzo adicional a empresas y trabajadores, creando una “mochila” con un porcentaje mensual de consenso del total de los ingresos del trabajador, que irá siempre con él a cualquier trabajo que desarrolle en su vida profesional, todo ello complementario a la pensión estatal común y preestablecida, permitiendo además una jubilación activa remunerada. Para ello, habría que crear incentivos fiscales, al trabajador y a las empresas, entre ellos establecer que el rescate de los Planes de Pensiones por jubilación pague impuestos por rentas de capital en vez de rentas de trabajo, claves para fomentar el ahorro privado de cara a la jubilación.
Y convertir en productivo el gasto improductivo que es la prestación por desempleo y subvenciones a quienes no trabajan, nativos e inmigrantes, introduciendo criterios de eficacia, cambiando el concepto por el de Salario de Subsistencia, periodo transitorio, con contraprestación de colaboración social de obligado cumplimiento por parte de los perceptores. Desaparecería así gran parte de la economía sumergida, disminuirían los pagos a parados y aumentarían los ingresos de Hacienda y de la Seguridad Social, por los trabajos que aparecerían de forma exponencial en corto plazo, tanto por parte del trabajador como del empresario, algunos de los cuales se ha acostumbrado a pagar en dinero negro.
Y esto solo puede hacerlo el socialismo, pues si lo hiciera la derecha se echarían a la calle los millones de personas subvencionadas por la izquierda, incluidos sindicatos y otras organizaciones que viven del cuento de sueños imposibles.
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