El PSOE, en esta legislatura, paga con la soberanía de los españoles los votos de los secesionistas antiespañoles. Veámoslo con detalle y perspectiva.
La mayoría del Congreso de 179 escaños, formada por PSOE (121), Sumar-Podemos (31), PNV (5), Bildu (6), ERC (7), Junts (7), BNG (1), CC (1) ha investido presidente a Pedro Sánchez y mantiene el Gobierno de coalición PSOE-Sumar. Así, los poderes legislativo y ejecutivo se sustentan con pactos de fuerzas minoritarias: el PSOE obtuvo la última mayoría absoluta en 1986. En los siguientes 37 años ha gobernado en dos legislaturas con pactos (2004 y 2008) y en las últimas tres, desde 2018, con pactos Frankenstein.
En esta legislatura, el PSOE, con Sánchez, depende de seis partidos regionales de carácter secesionista y con vínculos, activos o pasivos, con el terrorismo de ETA, Terra Lliure y el eufemístico Tsunami Democràtic. Estos partidos, con una exigua representatividad democrática global del 6,5%, están determinando la gobernabilidad de España. Sus votos han aupado a Sánchez al poder y su permanencia depende de ellos. Lo saben y aprovechan su debilidad exigiendo su programa máximo: amnistía, esto es, impunidad absoluta por sus delitos contra el orden constitucional al borrar sus responsabilidades criminales como si no las hubieran cometido. Con la amnistía, el Congreso y el gobierno de España premian la irresponsabilidad criminal, consciente, pública y advertida, y autodeterminación, concretada en la transferencia de la competencia de convocar referéndums decisorios. Habrá que ver con qué alcance.
Este es el patrón de conducta del PSOE, liderado por Sánchez, que nos retrotrae al PSOE de los años 30 del siglo pasado; a los gobiernos de Largo Caballero y Negrín
Nunca como ahora, en la larga historia de España, su gobernabilidad está tan condicionada por sus enemigos declarados. Los partidos secesionistas tienen el poder de condicionar la vida de la Nación y la integridad del orden constitucional, y lo hacen de la mano del PSOE que supedita el interés general de los españoles a la voluntad de poder de los separatistas, pues en la legislatura anterior consiguieron de Sánchez la eliminación del carácter penal del delito de sedición, aminorar las penas de malversación y el indulto de los insurrectos contra la Constitución.
Sánchez, pese a su minoría democrática, para amarrar su poder ha optado, desde 2018, por una mayoría con comunistas y separatistas vascos, catalanes y gallegos (tenía y tiene otras opciones desechadas). Este es el patrón de conducta del PSOE, liderado por Sánchez, que nos retrotrae al PSOE de los años 30 del siglo pasado; a los gobiernos de Largo Caballero y Negrín. Círculo atávico y ciego de regresión a la división ideológica de las dos Españas enfrentadas (derecha e izquierda) de funesta memoria, y al fraccionamiento territorial (empoderamiento de terroristas, golpistas, huidos de la justicia, malversadores y corruptos), envuelto con los ropajes del progresismo y el masajeo de la propaganda. No hay verdad en todo ello; sólo intereses de parte.
He aquí las dos armas de destrucción definitiva del orden constitucional de la Transición, ya herido de muerte por la deslealtad consentida de los separatismos desde los años 80 del siglo pasado por no cambiar a tiempo la ley electoral (el Congreso de Diputados no es lugar para partidos regionales, con el agravante de deslealtad a la Nación):
1. La amnistía, exigida por los delincuentes beneficiarios en una negociación de máximos, abierta e indeterminada (delitos, delincuentes, marco temporal, malversaciones, corrupción…) es antitética a la Constitución de 1978, cuyos motivos y argumentos han sido expuestos con rigor jurídico. Todos lo saben, incluso los del bloque “social-comunista-separatista” que la defienden por intereses (los separatistas saben que la amnistía es un golpe contra el Estado constitucional, y el PSOE también, pero cede por los votos separatistas para continuar en el poder a cualquier precio), pero aceleran su aprobación parlamentaria con la ceguera de la voluntad —fecunda en males como acredita el devenir histórico— sobre el conocimiento.
Si se aprueba y un TC con mayoría del régimen progresista la valida, aunque sea en parte, la Constitución está acabada, por tres motivos básicos:
a. Fractura del Estado de derecho, pues la arbitrariedad, pese a la intención de ley singular, formará parte a futuro del orden constituido, al romperse la “cadena de custodia”, esto es, la continuidad ininterrumpida de la prevalencia del Estado de derecho, piedra angular del sistema constituido. La amnistía es arbitraria porque se excluyó intencionalmente de la Constitución, cuyo techo es el indulto. Está en contradicción radical y sin paliativos con el art. 1: “España se constituye como un Estado social y democrático de Derecho”; con el art. 9.3: “La Constitución garantiza el principio de legalidad (…) la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos”; con los arts. 117 y 118 de del poder judicial: independencia y cumplimiento de las sentencias de los Jueces y Tribunales.
b. Invalida los valores constitucionales superiores de libertad e igualdad (art. 11. CE). La amnistía extingue la responsabilidad de delincuentes, por lo que la ampara y protege. Se privilegia así el liberticidio, es decir, el despotismo de la libertad: insurrección, malversación y terrorismo contrarios a la libertad responsable, y se tritura la igualdad ante la ley al privilegiar la impunidad de unos ciudadanos en detrimento del resto.
c. Hurta la soberanía de los españoles (art. 1.2. CE). El Congreso de Diputados al aprobar la ley de amnistía se apropia de una competencia que no tiene. Sustrae la competencia que corresponde al soberano, esto es, al pueblo español del que emanan los poderes del Estado, como el Congreso, pero no al revés, porque ni la Constitución, ni en origen el poder constituyente, incluyen la impunidad en el orden instituido. En este sentido se pronuncian los letrados de la Comisión de Justicia del Congreso de Diputados en su informe de 10.01.2024, al afirmar que la “proposición (de ley de amnistía) plantea dudas de que pueda tener cabida en la Constitución, de manera que debería ser articulada a través del procedimiento de reforma constitucional”. La decisión o no de incluir supuestos de amnistía en la Constitución compete al pueblo español a través del mecanismo de reforma constitucional agravada del art. 168, pues afecta al art.62, i del Título segundo. La sede de la soberanía es el pueblo español en su conjunto; las Cortes sólo la representan a plazo y con límites constitucionales y legales.
2. Autodeterminación. Los secesionistas catalanes dan por hecha la amnistía y ahora van a por el premio gordo: el referéndum de autodeterminación, cuya cesión, aunque con eufemismos, significa el fraccionamiento de la soberanía unitaria e indivisible de los españoles, y vulnera de forma irreversible el art. 2 CE. Los secesionistas buscan analogías pactadas con Quebec (Canadá) o Escocia (RU), y modelos unilaterales como Kosovo para legitimar la autodeterminación. Ninguno de estos casos puede legitimar la voluntad soberana de los secesionistas catalanes o vascos: no son minorías étnicas, nunca en la historia tuvieron soberanía nacional. Los ciudadanos catalanes y vascos siempre han sido de nacionalidad española en toda la etapa constitucional desde principios del siglo XIX, y antes, en el Antiguo Régimen, como súbditos de la monarquía hispánica.
El tema de la autodeterminación centrará el interés en el resto de la legislatura, si Sánchez sigue alimentando la plurinacionalidad que anima la pretensión de los secesionistas, ajena a la Constitución y a la historia de España.
La vigente de 1978, está en proceso de deconstrucción según el modelo revolucionario postmoderno: se mantiene la apariencia constitucional, fluida y adaptable a los intereses del poder, pero se va transformando progresivamente
Triste destino de los españoles, cuyas siete constituciones son destruidas por la voluntad de poder de unos u otros: la de 1812, la Pepa, que proclamaba la soberanía de los españoles, por el absolutismo de Fernando VII; la de 1837, por la revolución del general Espartero (1840); la de 1845, por la revolución Gloriosa (1868); la de 1869, por el caos de la revolución cantonal de la I República; la de 1876, de la Restauración, por la revolución de republicanos y secesionistas (pacto de San Sebastián, 1930: los conjurados se hicieron con el poder de la II República); la de 1931, por la sangrienta revolución bolchevique desde 1933. Sólo entre febrero y julio de 1936 hubo unos 600 asesinatos políticos ('blood, blood, blood' le dijo Churchill al embajador español), la guerra civil y el franquismo; la vigente de 1978, está en proceso de deconstrucción según el modelo revolucionario postmoderno: se mantiene la apariencia constitucional, fluida y adaptable a los intereses del poder, pero se va transformando progresivamente para que nos acostumbremos, como en la fábula de la rana en agua que se iba calentando hasta morir hervida, por ejemplo, la amnistía ayer era inconstitucional para el poder, ahora es la vía del reencuentro; el ayer prófugo de la justicia, que había que poner en el banquillo, es ahora “el que tuvo de salir”.
¡Españoles! ya no somos soberanos. Otra vez un amo rige nuestros destinos, súbditos.
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