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Baja por covid: Qué derechos tengo y cuánto me pagan

El Ministerio de Sanidad muestra que actualmente hay 12.789 personas hospitalizadas con Covid

España se encuentra inmersa en plena séptima ola del coronavirus, la relajación de las medidas anticovid y la retirada de las mascarillas en interior, han ayudado a que la incidencia de contagios siga en aumento. Esta séptima ola ha provocado que haya tres veces más hospitalizados que el mismo mes del año pasado.

Los últimos datos aportados por el Ministerio de Sanidad, muestran que actualmente hay 12.789 personas hospitalizadas con Covid, mientras que el pasado 12 de julio los datos bajaban hasta los 3.892 pacientes covid.

Ante la subida de contagios, muchos trabajadores se preguntan si pueden acudir a su puesto de trabajo siendo positivos o si su médico puede facilitarles una baja laboral. Según los últimos requisitos impuestos por Sanidad, desde el pasado mes de mayo, no es necesario hacer cuarentena en el caso de ser contacto estrecho de un positivo o ser positivo sin sintomatología, por lo que no es necesario coger la baja.

En caso de un diagnóstico positivo confirmado -si no están relacionados con ámbitos vulnerables y no requieren de baja por síntomas-, no es obligatorio faltar al puesto de trabajo, aunque es recomendable teletrabajar en el caso de ser posible. No obstante, si el infectado trabaja en algún ámbito vulnerable o con personas vulnerables, es obligatorio no acudir a su puesto de trabajo.

¿Cómo solicitar la baja?

En el caso de presentar sintomatología o de necesitar la baja por tener contacto con grupos de riesgo, debe ser el médico de cabecera quién de la baja por covid-19. Con el objetivo de no provocar retrasos en la asistencia de urgencia de los centros de salud, algunas comunidades autónomas han facilitado que los pacientes covid que lo requieran puedan solicitar la baja vía telefónica o de manera telemática. En este caso, deberá ser el paciente quién envíe el parte de baja a su empresa.

¿Cuánto se cobra?

Aquellos empleados que soliciten la baja por covid cobrarán una prestación del 75% de la base reguladora. Sin embargo, la baja por coronavirus es considerada como una incapacidad que se equipara a un accidente laboral, por lo que la prestación cuenta desde el primer día que se produce la baja y no desde el cuarto.

En cuanto a cuándo se cobra la prestación por baja covid, se encuentran varias diferencias, respecto a la baja por enfermedad común. A pesar de que este tipo de baja se estipula como una baja por contingencias comunes -como puede ser una gripe-, se paga como una por contingencias profesionales. La empresa debe pagar la baja desde el primer día de incapacidad, un 75%, cifra que puede mejorar según el convenio.

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