Sociedad

Denuncian a Ryanair y Rumbo por incremento de los precios tras el accidente de Santiago

Familiares de los afectados por el descarrilamiento se vieron obligados a tomar otros medios de transporte como consecuencia del encarecimiento de los precios. Según Ceaccu, las dos compañías se enfrentan a multas de hasta 600.000 euros.

La Confederación Española de Organizaciones de Amas de Casa, Consumidores Usuarios (Ceaccu) ha denunciado ante las autoridades gallegas de consumo a la aerolínea de bajo coste Ryanair y a la agencia de viajes 'online' Rumbo por subir los precios con destino al aeropuerto de Santiago, respecto al ofertado inicialmente, tras el accidente de tren del pasado 25 de julio.

En la denuncia, presentada este lunes, Ceaccu sostiene que, de haberse producido tal como y denunciaron familiares de los afectados que se vieron obligados a tomar otros medios de transporte alternativos como consecuencia del encarecimiento de los precios, las dos compañías estarían incurriendo en una "práctica desleal sancionable en vía administrativa".

"Los hechos denunciados pudieran constituir infracción grave de consumo a tenor de lo dispuesto en el artículo 82.23 de la Ley 2/2012, de 28 de marzo, gallega de protección general de las personas consumidoras y usuarias, por realización de práctica comercial desleal, en su modalidad agresiva, con relación a lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 3/1991, de 10 de enero, de Competencia Desleal", según la denuncia.

En caso de haberse procedido a la emisión de localizador del vuelo, con confirmación del precio inicialmente ofertado y de haberse exigido un importe superior con posterioridad, "ello supondría infracción del artículo 61 del vigente Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios".

Además, si se verifican los hechos "cabría su consideración como infracción muy grave por valerse la empresa responsable de situación de necesidad, conforme a lo establecido en el artículo 84.c) de la Ley 2/2012, de 28 de marzo", según reza la denuncia. De esta manera, las dos empresas podrían enfrentarse a la imposición de una sanción muy grave en grado máximo de hasta 600.000 euros o subsidiariamente como grave en grado máximo de hasta 15.000 euros.

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